Sentencia N° 1379 — Sala Político Administrativa del TSJ, 3 de diciembre de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 01379, Exp. 2004-0674, 04/12/2013
Expediente2004-0674
PonenteTRINA OMAIRA ZURITA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2013-12-03
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la solicitud de las partes, acuerda un tiempo adicional de noventa días continuos para continuar el Acto de Resolución Alternativa de Controversias entre PDVSA GAS, S.A. y SIDOR, C.A. Esta decisión se fundamenta en la disposición de ambas partes para continuar las negociaciones y en la necesidad de revisar la propuesta presentada por PDVSA GAS. Se establece que el lapso comenzará a contarse una vez que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas.

Extracto de la motiva

Observa la Sala que durante el Acto de Resolución Alternativa de Controversia ambas partes fueron contestes en señalar que en fecha 5 de noviembre de 2013, la sociedad mercantil PDVSA GAS, S.A., presentó una propuesta de negociación a la sociedad de comercio SIDOR, C.A., la cual según fue expuesto, requiere ser revisada y evaluada por el equipo de trabajo de la segunda de las empresas nombradas, con lo cual se evidencia la disposición de ambas partes de continuar el proceso de negociación, y vista la solicitud de otorgamiento de un lapso adicional de noventa (90) días continuos para realizar la referida revisión por parte de SIDOR, C.A., esta Sala con fundamento en los artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 6 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, considera necesario acordar el tiempo adicional de noventa (90) días continuos para que se efectúe el estudio de la referida propuesta de negociación. Dicho lapso comenzará a contarse una vez que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas en este fallo. Así se establece.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA el tiempo adicional de noventa (90) días continuos, solicitado por las partes, para continuar el acto de Resolución Alternativa de Controversias. Dicho lapso comenzará a contarse una vez que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas en este fallo. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a las partes y a la Procuradora General de la República, esta última según lo dispuesto en el artículo 97 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

Palabras clave

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