La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el desistimiento de la solicitud de avocamiento planteada por la representación judicial de la empresa Sistema Hidráulico Yacambú Quibor, C.A. El abogado Oscar Hernández Álvarez presentó diligencias donde se expone que se realizó una transacción que pone fin a los juicios intentados por ex-trabajadores contra la empresa. La Sala consideró que el desistimiento no es contrario al orden público y homologó el mismo, devolviendo los expedientes a sus tribunales de origen para la homologación de la transacción.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre el desistimiento de la solicitud de avocamiento planteada por la representación judicial de la empresa Sistema Hidráulico Yacambú Quibor, C.A. A tal efecto, observa: Por diligencias de fechas 23 de marzo y 20 de abril de 2006, el abogado Oscar Hernández Álvarez, apoderado judicial de la mencionada sociedad mercantil, expuso lo siguiente: “Consigno original de transacción realizada ante la Notaría Pública Tercera de Barquisimeto, Estado Lara, con fecha 17/03/2006, mediante la cual el actor NEUDO TORRES y la empresa DELL’ACQUA C.A., ponen fin a los juicios intentados por aquél contra esta empresa y subsidiariamente contra mi representada SHYQCA. En la Cláusula Sexta de la transacción consta que el ex-trabajador desiste de su acción contra mi representada, razón por la cual ambas partes solicitan a esta Sala que devuelva el expediente contentivo del mencionado juicio a su tribunal de origen, a fin de que éste pueda proceder a la homologación de la presente transacción, de conformidad con lo previsto en el parágrafo único del artículo tercero de la Ley Orgánica del Trabajo y 10 de su Reglamento, a los fines de la cosa juzgada. En nombre de mi representada y en vista de que la misma ha perdido todo interés procesal en el referido juicio en virtud de la mencionada transacción, desisto de la solicitud de avocamiento y solicito ante esta Sala que el expediente sea regresado a su tribunal de origen”.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO de la solicitud de avocamiento formulada por el abogado Ricardo Hernández Álvarez, apoderado judicial de la sociedad Mercantil SISTEMA HIDRÁULICO YACAMBÚ QUIBOR C.A., en las siguientes causas: 1.- Expediente N° KP02-L-2004-000119 de la nomenclatura del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, contentivo de la demanda interpuesta por el ciudadano JOSÉ LUIS JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, contra la sociedad mercantil SISTEMA HIDRÁULICO YACAMBÚ QUIBOR, C.A. y la empresa DELL´ACQUA, C.A. 2.- Expediente N° KP02-L-2003-000922 de la nomenclatura del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, contentivo de la demanda incoada por el ciudadano NEUDO JOSÉ TORRES SÁNCHEZ, contra las empresas SISTEMA HIDRÁULICO YACAMBÚ QUIBOR C.A. y DELL´ACQUA, C.A. 3.- Expediente N° KP02-L-2003-000923 de la nomenclatura del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, contentivo de la demanda interpuesta por el ciudadano JOSÉ ABRAHAN LÓPEZ OSORIO, contra las sociedades mercantiles SISTEMA HIDRÁULICO YACAMBÚ QUIBOR C.A. y DELL´ACQUA, C.A. Remítanse los referidos expedientes al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara y a los Juzgados Primero y Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la referida Circunscripción Judicial, respectivamente. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.