DecisiónAbrir una articulación de ocho (8) días de despacho
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió abrir una articulación de ocho días de despacho para que las partes aleguen y prueben lo que consideren pertinente respecto a la solicitud de remisión tributaria presentada por Almacenadora Occidental, C.A. La causa se encuentra suspendida hasta que se presente el finiquito otorgado por la Administración Tributaria, conforme a lo establecido en la Ley de Remisión Tributaria de 1996. La decisión se fundamenta en la falta de información sobre el estatus del procedimiento administrativo correspondiente.
Extracto de la motiva
Vistas como han sido las actas que conforman el presente expediente, observa este Alto Tribunal que el caso de autos fue remitido a esta Alzada en virtud de la apelación que intentara el Fisco Nacional, contra la sentencia N° 141 del 31 de octubre de 1990, dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario incoado por la sociedad mercantil Almacenadora Occidental, C.A., contra la “Planilla de Liquidación N° 04.10.0131.008516, de fecha 11-08-86, emitida por la Administración de Hacienda Región Zuliana, a cargo de ALMACENADORA OCCIDENTAL, C.A., por el monto de Bs. 21.848,22, mediante la cual esa Administración rechaza rebaja de impuestos pagados en exceso, solicitada por la empresa en su Declaración Definitiva de Rentas N° 0005178-J, presentada el 12-12-85 con respecto al ejercicio 16-09-84 al 15-09-85, por haber considerado la Administración que la compensación no era ‘autoliquidable’, de acuerdo al Artículo 46 del Código Orgánico Tributario”. No obstante, advierte esta Sala que en el caso bajo análisis habiéndose tramitado la causa hasta “Vistos” (16 de abril de 1991), la representación en juicio de la sociedad mercantil contribuyente, actuando de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley de Remisión Tributaria, dictada el 28 de marzo de 1996 y publicada en la Gaceta Oficial N° 35.945 del 24 de abril de 1996, manifestó la voluntad de su representada de acogerse al beneficio previsto en dicha ley, quedando de esta forma, suspendida la causa hasta tanto constara en autos el finiquito otorgado por la Administración Tributaria.
Dispositiva
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA abrir una articulación de ocho (8) días de despacho, contados a partir de la notificación de la presente decisión, a los fines de que las partes aleguen y prueben lo que a bien tengan en relación con la referida solicitud de remisión tributaria formulada por la sociedad mercantil ALMACEDORA OCCIDENTAL, C.A. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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