El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, decidió sobre la apelación interpuesta por la sociedad de comercio Agencia de Viajes Omega, C.A. contra la sentencia interlocutoria que negó la medida de suspensión de efectos del acto administrativo dictado por el SENIAT. La Sala confirmó la decisión del tribunal inferior, argumentando que no se demostraron los requisitos necesarios para la procedencia de la medida cautelar, específicamente el periculum in damni, es decir, la existencia de un daño irreparable o de difícil reparación para la recurrente.
Extracto de la motiva
El Tribunal advierte que la medida de suspensión de efectos no ocurre automáticamente con la interposición del recurso contencioso tributario, sino que debe considerarse como una medida cautelar que el órgano jurisdiccional puede decretar a instancia de parte. Para ello, se requiere que la medida sea necesaria para evitar perjuicios irreparables y que resulte presumible que la pretensión procesal principal será favorable. En el caso de autos, la contribuyente no promovió prueba alguna que demuestre el cumplimiento del requisito del periculum in damni, limitándose a alegar presuntos daños patrimoniales sin aportar documentos probatorios.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial de la sociedad mercantil AGENCIA DE VIAJES OMEGA, C.A., contra la sentencia interlocutoria S/N de fecha 10 de agosto de 2012 dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró 'NIEGA LA MEDIDA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS DEL ACTO RECURRIDO', dictado por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). En consecuencia, se CONFIRMA la decisión apelada.
Palabras clave
suspensión de efectosacto administrativopericulum in damnirecurso contencioso tributario