La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de suspensión de efectos de la medida de destitución del ciudadano Richard Alexis Nieto Barrios, dictada por la Dirección General Sectorial de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP). La solicitud fue presentada por los abogados del recurrente, quienes argumentaron que la destitución le causaba daños irreparables y afectaba su situación económica y reputación.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala, pronunciarse acerca de la suspensión de efectos solicitada. Al respecto, debe en primer lugar precisar esta Sala que tal como fue precedentemente descrito, la solicitud va dirigida a obtener “la suspensión inmediata de los efectos de la medida de destitución dictada por la Dirección General Sectorial de los Servicios de Inteligencia y Prevención, (DISIP), contenida en la notificación de fecha 25 de junio de 1998, Nro. 1597 de conformidad con lo establecido en el artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia”. Sin embargo, a la vista del escrito libelar, es forzoso advertir que ese acto precedentemente reseñado no es el objeto del recurso contencioso administrativo a que se contrae el expediente principal en el presente caso, ya que este último es el acto administrativo contenido en la Resolución N° 415 emanada del MINISTERIO DEL INTERIOR Y JUSTICIA, de fecha 26 de agosto de 2002 y notificado el 5 de septiembre de 2002, mediante el cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto el 11 de agosto de 1998, contra el acto cuya suspensión en esta oportunidad se solicita, es decir, reitera esta Sala, el contenido en el oficio Nro. 1597 de fecha 25 de junio de 1998, dictado por la Dirección General Sectorial de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP), a través del cual se destituyó al prenombrado ciudadano del cargo de Detective, que venía desempeñando en ese organismo.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE la suspensión de efectos solicitada por los abogados Abel Enrique Ochoa Zambrano y Ayarí Cristina Planchet Perroni, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano RICHARD ALEXIS NIETO BARRIOS, del acto administrativo contenido en la Resolución N° 415 emanada del Ministerio del Interior y Justicia, de fecha 26 de agosto de 2002 y notificado el 5 de septiembre de 2002, mediante el cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto el 11 de agosto de 1998, contra el acto contenido en el oficio Nro. 1597, de fecha 25 de junio de 1998, dictado por la Dirección General Sectorial de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP), a través del cual se le destituyó del cargo de detective que venía desempeñando en ese organismo.
Palabras clave
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