Sentencia N° 1371 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de septiembre de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 01371, Exp. 2006-1919, 30/09/2009
Expediente2006-1919
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2009-09-29
DecisiónSin Lugar

Resumen

La abogada Erma Josefina Nancy González interpuso un recurso contencioso administrativo de nulidad contra el acto administrativo que dejó sin efecto su designación como Jueza de la Sala de Juicio N° 7 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente. La Sala Político-Administrativa del TSJ, tras analizar los alegatos, concluyó que la recurrente no goza de estabilidad en su cargo, ya que fue designada de manera temporal y no a través del concurso de oposición requerido para obtener la titularidad. Por lo tanto, se desestimaron las denuncias de violación a sus derechos y se declaró sin lugar el recurso interpuesto.

Extracto de la motiva

Como punto previo al análisis de los vicios denunciados por la recurrente, esta Sala considera necesario realizar las observaciones siguientes: En fecha 9 de marzo de 2006, la abogada Erma Josefina Nancy González, se dio por notificada del acto administrativo contenido en el Oficio N° CJ-06-1114, dictado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se le informó que en reunión de fecha 21 de febrero de 2006, se acordó dejar sin efecto su designación como Jueza de la Sala de Juicio N° 7 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en razón de las observaciones que fueron formuladas por ante ese Despacho. Contra el referido acto, la parte actora ejerció recurso de reconsideración el 28 de marzo de 2006 y entendiéndose negado tácitamente dicho recurso en virtud del silencio administrativo producido, en fecha 18 de diciembre de ese año, la mencionada abogada interpuso ante esta Sala Político-Administrativa el recurso contencioso administrativo de nulidad objeto de la presente decisión. No obstante, de la revisión realizada al expediente administrativo se evidencia, que con posterioridad a la presentación del recurso contencioso de nulidad ante este Máximo Tribunal, la Comisión Judicial mediante decisión dictada el 14 de marzo de 2007 y publicada el 22 del mismo mes y año, declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto (folios 92 al 99), confirmando, en consecuencia, el acto de primer grado objeto de impugnación ante este órgano jurisdiccional, con fundamento en que la recurrente no fue incorporada a la carrera judicial a través de concurso público de oposición y por tanto, no goza de los beneficios que la carrera judicial le confiere, entre ellos, la estabilidad en el ejercicio de sus funciones, considerando que su designación “estaba supeditada a diversas circunstancias, como por ejemplo, el que el cargo hubiese sido eventualmente provisto mediante el respectivo concurso público de oposición”. Asimismo se señaló en dicho acto que al no gozar la accionante de estabilidad en el ejercicio de su cargo, “el órgano con la potestad para realizar su designación, podía hacer uso de la misma potestad para proceder a revocar tal designación, lo cual implica el ejercicio de una amplia facultad discrecional, sin límite alguno, desde que frente a él no se levanta la barrera de la estabilidad del funcionario judicial.

Dispositiva

Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la abogada ERMA JOSEFINA NANCY GONZÁLEZ, contra el acto dictado por la COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, mediante el cual resolvió dejar sin efecto su designación como Jueza de la Sala de Juicio N° 7 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y en consecuencia, FIRME el acto administrativo impugnado.

Palabras clave

actos administrativoscarrera judicialrecurso contenciosodiscrecionalidadestabilidad laboralderechos laborales

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