Sentencia N° 1365 — Sala Político Administrativa del TSJ, 30 de noviembre de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 01365, Exp. 2014-0447, 06/12/2016
Expediente2014-0447
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-11-30
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil Seguros Nuevo Mundo, S.A. contra el silencio administrativo del Ministro del Poder Popular para el Comercio, relacionado con la Providencia Administrativa N° DEC-13-00230-2013. Se argumenta que el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS) actuó conforme a su competencia al ordenar la indemnización a favor del denunciante, Felipe Luis Herrera García, por incumplimiento de la aseguradora en sus obligaciones contractuales.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS) tenía atribuidas las potestades necesarias respecto al resguardo de los derechos e intereses de las personas, relacionados a los servicios que les son prestados, entre ellos, los ofrecidos por las empresas aseguradoras, así como también la imposición de sanciones en caso de conculcarse dichos derechos. En consecuencia, la Sala desestima el argumento esgrimido por la parte recurrente referido a la violación de la reserva legal y de la usurpación de funciones por parte del aludido Instituto.

Dispositiva

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por el apoderado judicial de la sociedad mercantil SEGUROS NUEVO MUNDO, S.A., contra el silencio administrativo en que incurrió el MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA EL COMERCIO, hoy Ministro del Poder Popular para la Industria y Comercio, con ocasión del recurso jerárquico ejercido contra la Providencia Administrativa N° DEC-13-00230-2013, de fecha 8 de julio de 2013, emanado del Presidente del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS). En consecuencia, se declara FIRME el referido acto administrativo.

Palabras clave

silencio administrativoderecho a la defensasanciones administrativascontrataciónindemnizaciónINDEPABISactos administrativos

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