Sentencia N° 1363 — Sala Político Administrativa del TSJ, 19 de octubre de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 01363, Exp. 2011-0674, 20/10/2011
Expediente2011-0674
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2011-10-19
DecisiónCON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representante judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva Nro. 0722 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central en fecha 7 de diciembre de 2009, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario ejercido contra el acto administrativo impugnado.

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado parcialmente con lugar un recurso contencioso tributario. La Sala revocó la decisión del tribunal inferior en cuanto a la aplicabilidad de la figura del delito continuado, estableciendo que las sanciones deben ser impuestas por cada período fiscal de manera independiente, conforme a lo dispuesto en el Código Orgánico Tributario. Se eximió de costas procesales a la contribuyente, considerando las dificultades interpretativas en la aplicación de la normativa tributaria.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse en esta oportunidad sobre el recurso de apelación incoado por la representación judicial del Fisco Nacional, contra la sentencia definitiva Nro. 0722 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central en fecha 7 de diciembre de 2009, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto contra la Resolución Nro. SNAT/INTI/RCNT/DJT/ARJ/2007/669/142 del 17 de julio de 2007 y sus respectivas Planillas de Liquidación, impugnada por la sociedad mercantil Inversiones Los Miñotos II, C.A. De esta forma, en virtud de la declaratoria contenida en la sentencia apelada, y examinadas como han sido las objeciones formuladas en su contra por la representación fiscal, se observa que la controversia planteada en el caso en estudio se circunscribe a decidir sobre la aplicación de la doctrina judicial contenida en la sentencia Nro. 948 de fecha 13 de agosto de 2008 y su aclaratoria de fecha 29 de enero de 2009, caso: Distribuidora y Bodegón Costa Norte, C.A. Previamente esta Alzada debe declarar firme por no haber sido objeto de impugnación ante esta Sala Político-Administrativa y no desfavorecer los intereses del Fisco Nacional, el pronunciamiento proferido por el Juez a quo en cuanto a la ausencia de vicios en el procedimiento por falta de notificación de la recurrente. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: 1) CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representante judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva Nro. 0722 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central en fecha 7 de diciembre de 2009, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario ejercido contra el acto administrativo impugnado. En consecuencia, se REVOCA del fallo recurrido en apelación el pronunciamiento relativo a la aplicabilidad de la figura del delito continuado al presente caso. 2) Queda FIRME por no haber sido objeto de impugnación ante esta Sala Político-Administrativa y no desfavorecer los intereses del Fisco Nacional, el pronunciamiento proferido por el Juez a quo en cuanto a la ausencia de vicios en el procedimiento por falta de notificación de la recurrente. 3) SIN LUGAR el recurso contencioso tributario incoado por la sociedad de comercio INVERSIONES LOS MIÑOTOS II, C.A., contra la Resolución Nro. SNAT/INTI/RCNT/DJT/ARJ/2007/669/142 del 17 de julio de 2007 y sus respectivas Planillas de Liquidación, emanadas de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Se EXIME de costas procesales a la contribuyente conforme a lo expuesto en el presente fallo.

Palabras clave

sancionesimpuestotribunalesderecho tributarioSENIATprocedimiento administrativo

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