Sentencia N° 1361 — Sala Político Administrativa del TSJ, 19 de noviembre de 2002

TSJ/SPA, Sent. N° 01361, Exp. 01-0559, 20/11/2002
Expediente01-0559
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-11-19
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

El abogado Juan Bautista Marcano Quijada interpuso un recurso contencioso administrativo de nulidad contra la destitución de su cargo como Juez Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Monagas. La Sala Político-Administrativa del TSJ analizó los argumentos del recurrente, quien alegó que la sanción impuesta era infundada y que no había operado la prescripción de la acción. La Sala concluyó que el acto impugnado padecía del vicio de falso supuesto, ya que se basó en hechos que no ocurrieron.

Extracto de la motiva

La Sala considera que si bien se debe sancionar la falta disciplinaria de un funcionario judicial, la sanción impuesta debe ser siempre cónsona con el ilícito cometido, de modo de equilibrar la exigencia que se debe hacer al juez con los derechos que también le asisten. En tal sentido y con base en los poderes inquisitivos del juez contencioso-administrativo, se estima que la sanción impuesta por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, resultó infundada, por lo cual se declara su nulidad. Así se decide.

Dispositiva

1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso-administrativo de nulidad ejercido por el abogado JUAN BAUTISTA MARCANO QUIJADA, actuando en su propio nombre y representación, contra el acto dictado por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL, el 22 de mayo de 2001, mediante el cual se le destituyó del cargo de Juez Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Monagas. 2.- LA NULIDAD de la sanción impuesta por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL, mediante la cual se le destituyó del cargo de Juez Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Monagas. 3.- ORDENA a la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL dictar una nueva decisión de índole disciplinaria conforme a las circunstancias presentes en el caso, dejándose constancia de ello en su expediente administrativo.

Palabras clave

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