Sentencia N° 1360 — Sala Político Administrativa del TSJ, 3 de septiembre de 2003

TSJ/SPA, Sent. N° 01360, Exp. 2002-0386, 04/09/2003
Expediente2002-0386
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2003-09-03
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre un recurso de nulidad interpuesto por Oswaldo Grillo Matos contra un acto administrativo del Ministro de la Defensa que declaró inadmisible un recurso jerárquico. La Sala determinó que el recurso era extemporáneo, ya que el demandante no agotó la vía administrativa dentro del plazo establecido. Se concluyó que el acto impugnado había adquirido firmeza y, por lo tanto, no era susceptible de impugnación.

Extracto de la motiva

A continuación, previa lectura del expediente administrativo y de los alegatos de las partes, pasa la Sala a decidir el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el acto administrativo de fecha 10 de diciembre de 2001, mediante el cual el Ministro de la Defensa declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por el actor contra el Resuelto N° GN-4399 de fecha 13 de abril de 1998, emanado del Comandante General de la Guardia Nacional de Venezuela, mediante el cual se pasó a situación de retiro por medida disciplinaria. En primer lugar, se observa que el apoderado judicial del actor alegó que el acto impugnado está viciado de falso supuesto, ya que la fecha tomada en cuenta por el Ministro de la Defensa para dar por notificado a su representado es errada, pues la notificación del acto mediante el cual se le dio de baja se notificó formalmente en el año 2001 y no en 1998. Al respecto, a los fines de determinar la existencia del vicio denunciado se advierte: El apoderado judicial del actor expuso que se inició una investigación en contra de su representado, culminando la misma con la celebración de un Consejo Disciplinario en fecha 10 de febrero de 1998, en el cual se recomendó su pase a situación de retiro como medida disciplinaria, elevándose dicha decisión al Comandante General de la Guardia Nacional de Venezuela. Indica que en el mes de abril de 1998 su representado recibió la orden de entregar su carnet y prendas militares, hasta tanto la comandancia decidiera su caso; agrega que se dirigió en infinidad de oportunidades ante su comando natural para obtener respuesta sobre las resultas de la investigación, pero siempre se le informaba que estaban en espera de la decisión de la máxima autoridad, hasta que cansado de tantas evasivas, en fecha 06 de marzo de 2001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, dirigió una comunicación al Comandante de la Guardia Nacional por la cual le solicitaba que se le notificase formalmente del acto administrativo, siendo notificado formalmente del acto sancionatorio en fecha 02 de abril de 2001.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto por el abogado Enrique Pérez Bermúdez, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano OSWALDO GRILLO MATOS, contra el acto administrativo N° DS-CJ-7608 de fecha 10 de diciembre de 2001, dictado por el MINISTRO DE LA DEFENSA, mediante el cual se consideró inadmisible el recurso jerárquico ejercido por su representado contra el “Resuelto N° GN-4399 de fecha 13 de abril de 1998, emanado del Comandante General de la Guardia Nacional de Venezuela, mediante el cual se pasó a situación de retiro por medida disciplinaria” a su poderdante. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a las partes. Archívese el expediente judicial y devuélvase el administrativo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

recurso de nulidadacto administrativoMinisterio de la Defensasituación de retirofalso supuestoprescripciónvía administrativasanción disciplinaria

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