Sentencia N° 1355 — Sala Político Administrativa del TSJ, 19 de noviembre de 2002

TSJ/SPA, Sent. N° 01355, Exp. 16327, 20/11/2002
Expediente16327
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-11-19
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre el recurso de apelación interpuesto por Lucy Núñez Burgos contra la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que declaró inadmisible su recurso contencioso administrativo de nulidad. La apelante argumentó que el recurso fue presentado dentro del plazo, considerando que el último día hábil para interponerlo era un día no laborable. La Sala, tras analizar los argumentos, concluye que la apelación es procedente y revoca la decisión de inadmisibilidad.

Extracto de la motiva

La decisión proferida por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha 2 de junio de 1999, objeto de la presente apelación, declaró inadmisible el recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana Lucy Núñez Burgos, por cuanto a la fecha de su presentación, ya había transcurrido fatalmente el lapso de caducidad previsto en el artículo 134 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, todo ello de conformidad con los artículos 124, ordinal 4 y 84, ordinal 3, eiusdem. Ahora bien, de las actas del expediente se desprende, que la ciudadana Lucy Núñez Burgos, quedó notificada del acto administrativo cuya nulidad se solicita en fecha 10 de octubre de 1997, según se evidencia de las actas del expediente, fecha a partir de la cual comenzó a correr el lapso de seis (6) meses para interponer el recurso de nulidad ante la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, tiempo éste que computado por días consecutivos venció el 10 de abril de 1998 (viernes santo). Igualmente consta de las actas procesales, que la recurrente en fecha 13 de abril de 1998, acudió ante esta Sala Político Administrativa de la extinta Corte Suprema de Justicia, para interponer el presente recurso, ya que el 10 de abril de ese mismo año, era “...VIERNES SANTOS (sic), DIA NO HABIL día Festivo y No Laborable, Declarado por el entonces extinto Consejo de la Judicatura...”, y por lo tanto resultaba imposible su interposición ante la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Adicionalmente a lo señalado, la recurrente sostuvo que para el 13 de abril de 1998, la “...Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, y el Juzgado de Sustanciación DISPUSIERON NO DAR DESPACHO...”, todo lo cual hacía tempestiva, según ella afirma, la interposición de la presente acción de nulidad.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Hermes Morón Panneflek, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana LUCY NÚÑEZ BURGOS, contra la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo de fecha 2 de junio de 1999, que declaró inadmisible el recurso de nulidad interpuesto por la mencionada ciudadana. En consecuencia, se revoca el fallo apelado.

Palabras clave

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