El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, declaró sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Diebold OLTP Systems, C.A. contra la Providencia Administrativa del SENIAT que exigía el pago de obligaciones tributarias. La decisión se fundamentó en la improcedencia de la solicitud de suspensión de efectos del acto administrativo, ya que no se evidenció la existencia de un fallo interlocutorio que suspendiera la ejecutoriedad del acto. Además, se confirmó la obligación de la contribuyente de pagar la cantidad determinada en la intimación de derechos pendientes.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Correspondería a esta Sala Político-Administrativa pronunciarse en esta oportunidad acerca de la apelación ejercida por la representación judicial de la empresa accionante, contra la sentencia definitiva número 1712 del 25 de febrero de 2015, dictada por el Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario ejercido contra la Providencia Administrativa distinguida con las siglas SNAT/INTI/ GRTICERC/DJT/2013/4584, emitida en fecha 28 de noviembre de 2013 por la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 19 de 31 Previamente a decidir el fondo de la controversia, esta Máxima Instancia advierte que conoce por notoriedad judicial que en el expediente signado bajo el número 2014- 1049 (nomenclatura de esta Sala), se sustanció el procedimiento de segunda instancia, respecto de la apelación incoada por la representación judicial de la sociedad mercantil Diebold Oltp Systems, C.A., contra la sentencia definitiva número 1.673, dictada por el Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 20 de junio de 2014, mediante la cual esta Superioridad, a través de la sentencia número 01383 del 7 de diciembre de 2016, declaró: “(…) SIN LUGAR la apelación ejercida por la representación en juicio de la sociedad mercantil DIEBOLD OLTP SYSTEMS, C.A., contra la sentencia definitiva N° 1.673 del 20 de junio de 2014, dictada por el Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario ejercido conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos el
Dispositiva
Se CONFIRMA la Providencia Administrativa identificada bajo el No. SNAT/INTI/GRTICERC/DJT/2013/4584, de fecha 28 de noviembre de 2013 y notificada en fecha 16 de enero del 2014, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante el cual declara IMPROCEDENTE el recurso interpuesto por la contribuyente.