Sentencia N° 1348 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de julio de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01348, Exp. 1999-15891, 31/07/2007
Expediente1999-15891
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2007-07-26
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda de indemnización interpuesta por José Rafael Aguilar contra la Compañía Anónima Electricidad de Occidente, alegando daños por un incendio causado por un cortocircuito. La Sala determinó que el demandante no demostró que los daños en su propiedad fueran consecuencia de la negligencia de la empresa demandada, ya que el inmueble afectado no era de su propiedad, sino de su esposa, y no se presentaron pruebas suficientes que acreditaran los daños y gastos reclamados.

Extracto de la motiva

Corresponde a la Sala emitir un pronunciamiento sobre el asunto sometido a su consideración, y en tal sentido observa que el presente juicio se contrae a una demanda interpuesta por el ciudadano José Rafael Aguilar contra la Compañía Anónima Electricidad de Occidente (ELEOCCIDENTE), para obtener la indemnización que reclama por los daños y perjuicios causados por un cortocircuito ocurrido en un poste situado frente a su vivienda que, a su decir, originó un incendio en un inmueble que señala como de su propiedad, y en el que resultaron afectados otros bienes muebles que se encontraban dentro de aquél. Afirma el actor que el cortocircuito que dio lugar al incendio fue producto de la negligencia de los técnicos de la empresa demandada, quienes en lugar de sustituir los tres (3) cables del poste que se rompieron, procedieron a unirlos con unos nudos o amarres que, al calentarse, produjeron la aludida falla eléctrica. Por su parte, la representación judicial de la accionada rechazó, negó y contradijo la demanda en todos sus alegatos, precisando que la dimensión y peso de los cables hacen imposible desde todo punto de vista técnico, práctico y científico, que se unieran los tres (3) cables por simples nudos o amarres.

Dispositiva

Con fundamento en los razonamientos antes expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda por indemnización de daños y perjuicios incoada por el ciudadano JOSÉ RAFAEL AGUILAR contra la COMPAÑÍA ANÓNIMA ELECTRICIDAD DE OCCIDENTE (ELEOCCIDENTE) hoy por fusión, Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE). Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes. Notifíquese a la ciudadana Procuradora General de la República de conformidad con lo establecido en el artículo 95 de la ley que rige sus funciones. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenando.

Palabras clave

indemnizacióndañoscortocircuitonegligenciaresponsabilidad civilpruebaspropiedadelectricidad

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