La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por MEGA IMPORT SUPPLY, S.A. contra la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que declaró sin lugar la demanda de nulidad. La apelación fue desestimada, confirmando la decisión del tribunal inferior y el acto administrativo impugnado, argumentando que la Administración cumplió con el debido proceso y que no existió indefensión para la demandante.
Extracto de la motiva
La Corte Primera de lo Contencioso Administrativo declaró sin lugar la demanda de nulidad ejercida, con base en los fundamentos siguientes: ‘i) De la notificación defectuosa...’ y ‘ii) De la presunta contravención de lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos...’ La Sala considera que la Administración cumplió con la obligación de formar el expediente administrativo, pues mediante oficio N° PRE-CJ-CL-024031, del 20 de junio de 2014, recibió los antecedentes administrativos relativos al caso, constatando la existencia del expediente administrativo.
Dispositiva
1- SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la sociedad mercantil MEGA IMPORT SUPPLY, S.A. 2- CONFIRMA la sentencia Nº 2014-1703 de fecha 27 de noviembre de 2014, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. 3.- FIRME el acto administrativo impugnado.
Palabras clave
apelaciónnulidad administrativaCADIVIderecho a la defensaprocedimiento administrativo