Sentencia N° 1341 — Sala Político Administrativa del TSJ, 19 de noviembre de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 01341, Exp. 0789, 20/11/2002
Expediente0789
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-11-19
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por Milton Ramón Túa Mendoza contra la decisión del Ministro del Interior y Justicia que confirmó su destitución. La Sala fundamenta su decisión en la inconstitucionalidad de las sanciones impuestas por el Reglamento Interno de la DISIP, pero también reconoce la necesidad de un marco disciplinario para los funcionarios de seguridad del Estado. Se establece que el procedimiento seguido fue ajustado a derecho y que el recurrente tuvo conocimiento de los elementos que fundamentaron su destitución.
Extracto de la motiva
En el caso de autos, tanto las faltas imputadas al recurrente como el procedimiento disciplinario sustanciado por la Administración, tuvieron como base normativa el Reglamento Interno para la Administración de Personal de la DISIP. Sin embargo, conforme al criterio sustentado en la sentencia citada, las normas de carácter sancionatorio que contiene el referido texto reglamentario deben ser inaplicadas, por inconstitucionales, en cada caso concreto donde la Administración funde en ellas su decisión, al ejercer la potestad sancionatoria de la que está investida. En tal virtud, se declaran inaplicables, en el presente caso, las normas de carácter sancionatorio aplicadas al recurrente. Así se declara. No obstante lo anterior, en la misma sentencia parcialmente transcrita, se sostuvo la imperiosa necesidad de preservar la justicia material, así como de mantener por razones de conservación del Estado de Derecho y de seguridad jurídica que interesan a toda la colectividad, un marco disciplinario para los funcionarios de la DISIP, por lo cual se decidió, que el marco sancionatorio aplicable era el que preceptuaba el Reglamento de Régimen Disciplinario del Cuerpo Técnico de Policía Judicial. Por tal razón, la aplicación de la medida de destitución, sanción expresamente contemplada en el texto reglamentario citado, fue adoptada conforme a los requerimientos señalados en el cuerpo legal indicado con anterioridad. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad intentado por el ciudadano MILTON RAMÓN TÚA MENDOZA contra la decisión tácita del Ministro del Interior y Justicia, confirmatoria de la Resolución Nº 0031, de fecha 13 de enero de 2000, suscrita por el Director General Sectorial de los Servicios de Inteligencia y Prevención, DISIP, mediante la cual se le destituyó del cargo de Inspector del referido organismo de seguridad. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente judicial y manténgase el administrativo en Sala, por ser común a otras causas que aquí cursan.
Palabras clave
nulidaddestituciónDISIPprocedimiento administrativoderecho a la defensasancionesjusticia material