La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la sentencia N° 00427, declaró sin lugar la acción de nulidad interpuesta por el Municipio Baruta y el Instituto Autónomo de Policía Municipal de Baruta contra un acto administrativo del Ministerio de Defensa. Posteriormente, se solicitó el cierre y archivo del expediente, dado que todas las partes habían sido notificadas de la decisión. La Sala, al considerar que el juicio había concluido, ordenó el archivo del expediente.
Extracto de la motiva
Visto que mediante sentencia N° 00427 de fecha 08 de abril de 2008, publicada el 09 de ese mismo mes y año, esta Sala decidió la presente causa, declarando sin lugar la acción propuesta. Igualmente, dado que en fechas 12 y 20 de mayo de 2008, se dejó constancia en autos de la notificación del Alcalde del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, del Ministro del Poder Popular para la Defensa, del Presidente del Instituto Autónomo de Policía Municipal de Baruta y de la Procuradora General de la República, de la mencionada decisión, este Órgano Jurisdiccional da por terminado el juicio y, en consecuencia, ordena el archivo del expediente. Así se declara.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos antes expuestos, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley da por terminado este juicio y, en consecuencia, ORDENA el archivo del expediente. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
nulidadacto administrativoMinisterio de Defensa
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