Sentencia N° 1340 — Sala Político Administrativa del TSJ, 28 de agosto de 2003

TSJ/SPA, Sent. N° 01340, Exp. 2003-0908, 02/09/2003
Expediente2003-0908
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRegulacion de competencia
Fecha de la decisión2003-08-28
DecisiónDeclina la competencia

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia en un juicio de ejecución de créditos fiscales interpuesto por el abogado Raymundo Enrique Rojas Rivas contra la sociedad mercantil MELODY, C.A. y subsidiariamente contra los ciudadanos Hugo Sergio Aravena Díaz y Sandra Beatriz Casella Pintos. La Sala determinó que corresponde al Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, con sede en Barcelona, conocer del caso, declinando así la competencia del Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.

Extracto de la motiva

Dispone el artículo 71 del Código de Procedimiento Civil: 'La solicitud de regulación de la competencia se propondrá ante el Juez que se haya pronunciado sobre la competencia, aún en los casos de los artículos 51 y 61, expresándose las razones o fundamentos que se alegan. El Juez remitirá inmediatamente copia de la solicitud al Tribunal Superior de la Circunscripción para que decida la regulación. En los casos del artículo 70, dicha copia se remitirá a la Corte Suprema de Justicia si no hubiere un Tribunal Superior común a ambos jueces en la Circunscripción. De la misma manera procederá cuando la incompetencia sea declarada por un Tribunal Superior común a ambos jueces en la Circunscripción. De la misma manera procederá cuando la incompetencia sea declarada por un Tribunal Superior.' A la vista de la norma citada se observa, que la regulación de competencia planteada se refiere a un conflicto negativo de conocer entre el Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta y el Juzgado Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital; en tal sentido, visto que no existe un tribunal superior común a ellos, y que la instancia superior natural para conocer de las decisiones de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario corresponde a esta Sala Político Administrativa, se ratifica su competencia para conocer y decidir de la solicitud de regulación de competencia propuesta. Así se declara.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que corresponde al Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, con sede en Barcelona, con competencia en los Estados Anzoátegui, Monagas, Sucre, Nueva Esparta y en las Dependencias Federales la COMPETENCIA para conocer del juicio que por ejecución de créditos fiscales incoara el abogado Raymundo Enrique Rojas Rivas, actuando en su carácter de funcionario adscrito a la Gerencia Regional de Tributos Internos, Región Insular del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), contra la sociedad mercantil MELODY, C.A. y subsidiariamente contra los ciudadanos HUGO SERGIO ARAVENA DÍAZ y SANDRA BEATRIZ CASELLA PINTOS. Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase copia certificada de la presente decisión al Juzgado Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital, al Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta y a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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