La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la objeción a la fianza presentada por Seguros Banvalor, C.A. para suspender medidas preventivas decretadas en su contra. Se determinó que, tras la intervención y liquidación administrativa de la empresa, las medidas preventivas de embargo y prohibición de enajenar habían decaído. Sin embargo, se ratificó la vigencia de las medidas preventivas contra Chinamade Worldwide Distribution, actual Worldwide Army Supply.
Extracto de la motiva
Efectuada la lectura del expediente, corresponde a la Sala pronunciarse sobre la objeción presentada por la representación de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela a la fianza consignada por la sociedad mercantil Seguros Banvalor, C.A., a fin de suspender las medidas preventivas acordadas por esta Sala en su contra, en la decisión Nº 5.970 del 19 de octubre de 2005. No obstante, como punto previo, debe la Sala realizar el siguiente pronunciamiento. Mediante Providencia N° FSS-2-002716 de fecha 22 de septiembre de 2010, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.516 del 23 de septiembre de 2010, la Superintendencia de la Actividad Aseguradora decidió, de conformidad con el artículo 99 numeral 2 de la Ley de la Actividad Aseguradora (G.O. N° 5.990, Extraordinario, del 29 de julio de 2010, reimpresa en G.O. N° 39.481 del 5 de agosto de 2010), intervenir a la empresa Seguros Banvalor, C.A., y sustituir en el ejercicio de sus funciones a los administradores, Junta Directiva y a la Asamblea de Accionistas de la referida compañía, por una Junta Interventora. Posteriormente, a través de la Resolución Nº FSS-2000776 de fecha 15 de marzo de 2011, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.644 del 29 de marzo de 2011, la Superintendencia de la Actividad Aseguradora decidió lo siguiente: PRIMERO: Dejar sin efecto la autorización administrativa concedida a la sociedad mercantil SEGUROS BANVALOR, C.A. a través de la Providencia Nº HSS-100-2.057, de fecha 11 de agosto de 1992, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 35.029 de fecha 18 de agosto de 1992, para operar en los ramos de seguros generales y de seguros de vida. SEGUNDO: Declarar la LIQUIDACIÓN ADMINISTRATIVA de la empresa SEGUROS BANVALOR, C.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 14 de enero de 1992, bajo el Nº 36, Tomo 15-A-Sgdo.
Dispositiva
Por lo expuesto, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS decretadas en la sentencia N° 5.970 publicada el 19 de octubre de 2005, contra la sociedad mercantil SEGUROS BANVALOR, C.A., y en consecuencia: 1. Declara INOFICIOSO pronunciarse sobre la suficiencia de la fianza consignada en autos por la sociedad mercantil Seguros Banvalor, C.A., para la suspensión de las medidas acordadas en su contra, a tenor de lo previsto en el artículo 589 del Código de Procedimiento Civil. 2. RATIFICA la vigencia de las medidas preventivas decretadas en la decisión Nº 5.970, publicada el 19 de octubre de 2005, contra la sociedad mercantil CHINAMADE WORLDWIDE DISTRIBUTION (actualmente WORLDWIDE ARMY SUPLY). 3. Ordena NOTIFICAR de la presente decisión, a la PROCURADORA GENERAL DE LA REPÚBLICA, a la JUNTA LIQUIDADORA DE LA SOCIEDAD MERCANTIL SEGUROS BANVALOR, C.A., y a la sociedad mercantil CHINAMADE WORLDWIDE DISTRIBUTION (actualmente WORLDWIDE ARMY SUPLY). Publíquese, regístrese y comuníquese. Agréguese copia de la presente decisión en el cuaderno principal.