Sentencia N° 1337 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de octubre de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 01337, Exp. 1999-16180, 19/10/2011
Expediente1999-16180
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoEjecucion Forzosa
Fecha de la decisión2011-10-18
DecisiónEjecución forzosa de la sentencia Nº 734 de fecha 27 de mayo de 2009.

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decreta la ejecución forzosa de la sentencia Nº 734 de fecha 27 de mayo de 2009, que ordena al Municipio Esteller del Estado Portuguesa realizar un procedimiento administrativo para determinar la existencia y extensión de los derechos sobre las tierras del Fundo Cogote. Se establece un plazo de treinta días para el cumplimiento de esta obligación, advirtiendo que el incumplimiento podría acarrear sanciones a los funcionarios responsables. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar el cumplimiento de las sentencias en el ámbito municipal.

Extracto de la motiva

Las disposiciones transcritas prevén los procedimientos de ejecución voluntaria y forzosa de aquellas sentencias en las que sean condenados entes municipales, previendo para el caso de ejecuciones forzosas de mandamientos de obligaciones de hacer, lo establecido en el numeral 3 del artículo 159 antes citado. En el presente caso, la sentencia cuya ejecución se requiere dictaminó lo siguiente: “1.Se DECLARA la nulidad parcial del Acuerdo Nº 21, de fecha 29 de diciembre de 1998, dictado por el Concejo Municipal del Municipio Esteller del Estado Portuguesa, en el entendido que dicho acto sólo es válido respecto a las porciones de terreno del mencionado fundo sobre las cuales no se demuestre la adquisición válida por parte de terceros. 2.Se ORDENA al Municipio Esteller del Estado Portuguesa iniciar un procedimiento administrativo en el que se propicie la participación de los integrantes de la Comunidad Indígena que habita o habitaba en el Fundo Cogote o Comunidad de los Indios en el Estado Portuguesa, así como de todas aquellas personas que aleguen tener derechos sobre el referido fundo, incluidos los recurrentes del presente juicio, a los fines de determinar la existencia y extensión de los derechos del Municipio sobre las tierras que conforman el Fundo Cogote o Comunidad de los Indios. 3.Queda sin efecto la medida de prohibición de enajenar y gravar dictada por esta Sala en decisión de fecha 25 de junio de 2002, sin perjuicio de la responsabilidad que pueda existir para el vendedor, en caso de venta del terreno sobre el cual recaía la medida, de conformidad con lo establecido en el artículo 1.483 del Código Civil.

Dispositiva

Por lo antes expuesto, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con el numeral 3 del artículo 159 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, acuerda la EJECUCIÓN FORZOSA de la sentencia Nº 734 del 27 de mayo de 2009 y, en consecuencia, ORDENA al Municipio Esteller del Estado Portuguesa que dentro de los treinta (30) días continuos siguientes a su notificación, proceda a realizar el procedimiento ordenado en el punto 2 del dispositivo de la decisión Nº 734 del 27 de mayo de 2009.

Palabras clave

ejecución forzosasentenciaMunicipio Estellerderechos indígenas

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