La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia Núm. 0654, admitió la participación de varios ciudadanos como terceros en un recurso de nulidad contra un decreto presidencial. La decisión fue parcialmente favorable, declarando la nulidad parcial de las resoluciones que jubilaron a los recurrentes y a los terceros, refiriéndose al cálculo de las jubilaciones. Además, se ordenó a la Alcaldía del Distrito Capital realizar los pagos correspondientes a los jubilados afectados por la decisión, incluyendo ajustes monetarios desde la fecha de las resoluciones de jubilación hasta la publicación del fallo.
Extracto de la motiva
La presente causa aun se encuentra en ejecución voluntaria, etapa en la cual, este Máximo Tribunal observa: Que el 20 de septiembre de 2016 la representación judicial del Gobierno del Distrito Capital consignó en forma impresa los cuadros contenidos en el CD presentado por aquella representación el 23 de febrero de 2016. Que la parte actora, aun cuando no fue notificada de tal consignación, manifestó su desacuerdo con la información suministrada por su contraparte respecto a la determinación del quantum de lo que debe pagarse a los actores, toda vez que -en su criterio- la parte accionada solo reconoce a doscientos sesenta y siete (267) funcionarios, excluyendo a quinientos veintidós (522) funcionarios que tienen los mismos derechos que aquellos, además tomó como período de cálculo del 15 de febrero de 1995 hasta el 07 de mayo de 2014, aun cuando la sentencia de esta Sala había ordenado que fuese desde 1978, concluyendo que lo consignado por el ente demandado no corresponde a lo ordenado por la sentencia de esta Sala Núm. 0654 de fecha 07 de mayo de 2014.
Dispositiva
ORDENA abrir una articulación probatoria de ocho (8) días de despacho, contados a partir del día siguiente a aquel en que conste en autos la práctica de la última de las notificaciones, a objeto de que las partes aleguen y prueben lo que estimen conducente con relación a lo planteado por la representación judicial de los accionantes en diligencias de fechas 11 de octubre y 13 de diciembre de 2016, 24 de enero y 30 de mayo de 2017. Se ordena notificar al Jefe de Gobierno del Distrito Capital, a la Procuraduría General de la República, al Primer Comandante del Cuerpo de Bomberos del Distrito Capital y al apoderado judicial de los actores.
Palabras clave
ejecución forzosaarticulación probatoriajubilaciónderechos laboralesjurisdicción contencioso administrativa