La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por la sociedad Premezclados Píritu, C.A. contra la Resolución N° SNAT/INTI/GRTI/RNO/DJT/RJ/2011-02117, que había declarado sin lugar un recurso jerárquico. El tribunal determinó que la obligación tributaria había sido extinguida por el pago realizado por la contribuyente, lo que llevó a declarar decaído el objeto de la apelación. La decisión se fundamenta en la verificación de que las deudas tributarias habían sido satisfechas.
Dispositiva
1.- EXTINGUIDA POR PAGO la obligación tributaria contenida en la Resolución N° SNAT/INTI/GRTI/RNO/DJT/RJ/2011-02117 de fecha 26 de abril de 2011. 2.- DECAIDO el objeto de las apelaciones interpuestas por la contribuyente PREMEZCLADOS PIRITU C.A., y por el FISCO NACIONAL.