Sentencia N° 133 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de febrero de 2018

TSJ/SPA, Sent. N° 00133, Exp. 2017-0909, 08/02/2018
Expediente2017-0909
PonenteINOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2018-02-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia confirma la sentencia Nro. 027/2017 del Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Aduanex Asesoramiento Aduanero, C.A. contra la Resolución de Imposición de Sanción Nro. SNAT/INTI/GRTI/RCA/DR/CC/2009-003733 del 26 de noviembre de 2009, emitida por el SENIAT. La decisión se basa en que la empresa cumplió con sus obligaciones tributarias y se encontraba exonerada del pago del IVA por un decreto presidencial vigente en el momento de los hechos.

Extracto de la motiva

Así pues, al aplicar las exigencias señaladas previamente al caso bajo análisis, esta Alzada constata lo siguiente: a) Se trata de una sentencia que resuelve el mérito del asunto controvertido. b) Lo decidido en el fallo objeto de consulta resultó adverso a la defensa del Fisco Nacional; razones que a juicio de este Alto Tribunal hacen procedente la consulta. Así se declara. Por tal motivo, este Órgano Jurisdiccional revisará si el veredicto de instancia se apartó del orden público, violentó normas de rango constitucional o interpretaciones y criterios vinculantes sentados por la Sala Constitucional, quebrantó formas sustanciales en el proceso o las demás prerrogativas procesales, o dio una incorrecta ponderación del interés general; supuestos en los cuales declarará la nulidad de la sentencia de mérito. (Vid., el mencionado fallo de la Sala Constitucional Nro. 1071 del 10 de agosto de 2015, caso: María del Rosario Hernández Torrealba, y la sentencia de la Sala Político-Administrativa Nro. 01101 del 8 de octubre de 2015, caso: Schering Plough, C.A.). Así se decide. Resuelto lo que antecede, aprecia este Alto Tribunal que la presente consulta se contrae a verificar la juridicidad de lo decidido por el Sentenciador a quo al considerar “(…) inválida y sin efectos, la Resolución (…) distinguida con las letras y números SNAT/INTI/RCA/DR/CC/DR/2009-003733 de fecha 26 de noviembre de 2009 (…)”, por medio de la cual la División de Recaudación adscrita a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), aplicó a la compañía accionante sanciones de multa equivalentes a Ciento Sesenta Unidades Tributarias (160 U.T.), conforme a lo dispuesto en el artículo 103 (numeral 1, Primer Aparte) del Código Orgánico Tributario de 2001, vigente ratione temporis, por presuntamente omitir la presentación de las declaraciones del impuesto al valor agregado, relativas a los períodos impositivos coincidentes con los meses de febrero, abril, mayo, julio, agosto, octubre, noviembre y diciembre de 2006.

Dispositiva

Se declara con lugar el recurso contencioso tributario ejercido contra la Resolución de Imposición de Sanción Nro. SNAT/INTI/GRTI/RCA/DR/CC/2009-003733, emanada de la División de Recaudación adscrita a la prenombrada Gerencia Regional el 26 de noviembre de 2009; acto administrativo este (objetado en el aludido recurso judicial) que se ANULA.

Palabras clave

Contencioso TributarioSanciónIVAExoneración

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