Sentencia N° 1329 — Sala Político Administrativa del TSJ, 28 de agosto de 2003

TSJ/SPA, Sent. N° 01329, Exp. 2002-0175, 02/09/2003
Expediente2002-0175
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2003-08-28
DecisiónSe acuerda diferir el pronunciamiento respecto a cuál tribunal es el competente para conocer el recurso de nulidad

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre dos juzgados en relación a un recurso contencioso administrativo de anulación. Los abogados Yuraima Vargas Vargas y José Miguel Idrogo Martínez interpusieron el recurso en representación de varios ciudadanos contra una providencia administrativa de la Inspectoría del Trabajo. La Sala determinó su competencia para conocer del conflicto planteado, pero decidió diferir el pronunciamiento sobre cuál tribunal es el competente para conocer el recurso de nulidad interpuesto.

Extracto de la motiva

En consecuencia, hasta tanto no sea decidido dicho conflicto por la Sala Plena de este Alto Tribunal, se acuerda diferir el pronunciamiento correspondiente para determinar cuál tribunal es el competente para conocer el presente caso. Así se decide.

Dispositiva

1.- Que es COMPETENTE para conocer del conflicto de competencia planteado. 2.- Que se acuerda diferir el pronunciamiento respecto a cuál tribunal es el competente para conocer el recurso de nulidad interpuesto por los abogados Yuraima Vargas Vargas y José Miguel Idrogo Martínez, en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos LUIS NUÑEZ, JULIO BOLÍVAR, ROGER RODRÍGUEZ, HENRY TORTOLERO, FREDDYS ZABALA, PEDRO SUÁREZ, JOBERTH ZAMBRANO, ELVIS CHAURADY, ROLFE CABRERA, DIEGO MOTA, EMIL RUÍZ, RAMÓN PALMA, JERMIS QUIÑONES, REGIS VILLAROEL, DANNY SALAZAR, TALY G. BOLÍVAR A, contra la Providencia Administrativa Nº 01-025 dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN LA ZONA DEL HIERRO DEL ESTADO BOLÍVAR, en fecha 23 de enero de 2001, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de calificación de despido incoada por la sociedad mercantil WACKENHUT VENEZOLANA, C.A., contra los ciudadanos supra indicados. Publíquese, regístrese y comuníquese.

Palabras clave

conflicto de competenciarecurso contencioso administrativonulidadprovidencia administrativaInspectoría del Trabajodespidojurisdiccióntribunal

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