Sentencia N° 1326 — Sala Político Administrativa del TSJ, 8 de octubre de 2014

TSJ/SPA, Sent. N° 01326, Exp. 2012-1824, 09/10/2014
Expediente2012-1824
PonenteEMIRO GARCIA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2014-10-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió sobre la apelación interpuesta por el Fisco Nacional contra una sentencia interlocutoria que había decretado la suspensión de efectos de una resolución del SENIAT. La Sala consideró que la medida cautelar de suspensión de efectos no procedía, ya que la contribuyente no demostró el cumplimiento de los requisitos necesarios para su otorgamiento, específicamente el 'periculum in damni'. La Sala revocó la decisión del tribunal inferior y declaró con lugar la apelación del Fisco Nacional.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial del Fisco Nacional, contra la sentencia interlocutoria dictada el 1° de junio de 2012 por el Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó la suspensión de efectos de la Resolución N° SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2011/0690 de fecha 15 de agosto de 2011, solicitada conjuntamente con el recurso contencioso tributario incoado en fecha 19 de octubre de 2011. Visto los términos en que se dictó la decisión interlocutoria apelada, y examinadas las alegaciones invocadas por la representación fiscal, observa este Alto Tribunal que la controversia planteada se circunscribe a decidir acerca de los supuestos vicios en que incurrió el Juez de la causa al dictar la sentencia interlocutoria recurrida, a saber: 1) Incongruencia negativa por imprecisión con relación al cumplimiento del fumus boni iuris y 2) Falso supuesto de hecho por pruebas inexistentes respecto al periculum in damni. Delimitados los puntos a dilucidar, debe este Máximo Tribunal citar el contenido del artículo 263 del vigente Código Orgánico Tributario, cuyo texto dispone lo siguiente: 'Artículo 263.- La interposición del recurso no suspende los efectos del acto impugnado; sin embargo, a instancia de parte, el tribunal podrá suspender parcial o totalmente los efectos del acto recurrido, en el caso que su ejecución pudiera causar graves perjuicios al interesado, o si la impugnación se fundamentare en la apariencia de buen derecho. Contra la decisión que acuerde o niegue la suspensión total o parcial de los efectos del acto, procederá recurso de apelación, el cual será oído en el solo efecto devolutivo.' De la disposición supra transcrita se observa que la suspensión de los efectos del acto recurrido, en materia tributaria, no se materializa en forma automática, con la sola interposición del recurso contencioso tributario, como sí ocurría durante la vigencia de los Códigos Orgánicos Tributarios de 1983, 1992 y 1994. Actualmente, la mencionada suspensión es tratada como una medida cautelar que el órgano jurisdiccional puede decretar a instancia de parte, siempre y cuando se cumplan determinadas condiciones.

Dispositiva

En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia interlocutoria del 1° de junio de 2012, dictada por el Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas, la cual se REVOCA. 2.- IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos conforme al artículo 263 del Código Orgánico Tributario de 2001 solicitada y la medida cautelar innominada de depósito consagrada en el artículo 588 del Código de Procedimiento Civil, solicitadas por la empresa HEWLETT PACKARD VENEZUELA C.A., sobre la Resolución N° SNAT/GGSJ/GR/ DRAAT/2011/0690 de fecha 15 de agosto de 2011. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

apelaciónsuspensión de efectosresolución tributariaSENIATFisco Nacional

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca