La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la consulta de la sentencia N° 128/2010, que había declarado extinguida por prescripción la obligación tributaria de la contribuyente Banco Occidental de Descuento, S.A.C.A. La Sala revocó dicha decisión, argumentando que la causa se mantuvo paralizada por más de seis años sin que se dictara sentencia, lo que no justifica la prescripción. Además, se abordaron varios reparos fiscales presentados por la Administración Tributaria, concluyendo que la contribuyente no demostró la procedencia de sus alegaciones y que los reparos eran válidos. Finalmente, se declaró sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente.
Extracto de la motiva
Corresponde a la Sala pronunciarse acerca de la consulta elevada por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de la sentencia interlocutoria N° 128/2010 de fecha 21 de julio de 2010, que declaró extinguida la obligación tributaria en el recurso contencioso tributario ejercido por la contribuyente Banco Occidental de Descuento S.A.C.A. Siendo que conforme a lo previsto en el artículo 72 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República de 2008, 'Toda sentencia definitiva contraria a la pretensión, excepción o defensa de la República, debe ser consultada al Tribunal Superior competente', esta Sala Político-Administrativa, actuando como alzada natural y máxima instancia de la jurisdicción contencioso administrativa y tributaria, procede a realizar el análisis correspondiente al referido fallo, no sin antes formular algunas precisiones en torno a la figura procesal de la consulta. Al respecto, en anterior oportunidad este Alto Tribunal expresó lo siguiente: 'En el ordenamiento jurídico venezolano, la institución de la consulta ha sido estatuida como un mecanismo de control judicial en materias cuya vinculación con el orden público, constitucional y el interés general ameritan un doble grado de cognición. De esta forma, constituye un medio de revisión judicial o de examen de la adecuación al derecho, mas no un supuesto de impugnación o ataque de las decisiones judiciales.' Sin embargo, como el presente juicio es de naturaleza tributaria, debe analizarse previamente, a la luz de lo dispuesto en el artículo 278 del Código Orgánico Tributario de 2001, si el conocimiento de esta se adecua a los supuestos de apelabilidad de las decisiones recaídas en dicha materia. Por tal motivo, la Sala siguiendo los lineamientos expuestos en su sentencia N° 00566 dictada en fecha 2 de marzo de 2006, caso: Agencias Generales CONAVEN, S.A., que precisó los supuestos de procedencia del recurso de apelación en materia tributaria, constata que el fallo consultado puso fin al juicio contencioso tributario incoado por la empresa Banco Occidental de Descuento S.A.C.A.; que la cuantía de la causa excede de las quinientas unidades tributarias (500 U.T.) requeridas como mínimo de procedibilidad de dicho medio de impugnación en personas jurídicas, y que la misma resultó desfavorable a los intereses del Fisco Nacional al declarar prescrita la obligación tributaria. Así se declara.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- Que PROCEDE la consulta. 2.- REVOCA la decisión Nº 128/2010 dictada el 21 de julio de 2010 por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 3. SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO S.A.C.A. contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo N° RZ-2001-000171 del 7 de septiembre de 2001, la cual queda FIRME. Se condena en costas a la mencionada sociedad mercantil, en los términos expuestos.
Palabras clave
obligación tributariaprescripciónconsultaBanco Occidental de Descuento