Sentencia N° 1318 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de noviembre de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 01318, Exp. 2011-1248, 12/11/2015
Expediente2011-1248
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2015-11-11
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por el Banco Venezolano de Crédito, S.A.C.A. contra la sentencia de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo que había declarado su competencia y desestimado el recurso contencioso administrativo de nulidad. La Sala confirmó que la Superintendencia de Bancos actuó dentro de su competencia al imponer una multa al banco por incumplimiento de sus obligaciones de supervisión en el otorgamiento de créditos agrícolas. Se argumentó que el banco no demostró haber cumplido con las obligaciones de supervisión y control establecidas en la normativa aplicable.

Extracto de la motiva

La Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo estimó que las actuaciones realizadas por la Consultora Jurídica de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras son actos de mero trámite y de carácter accesorio, ya que tienen por objeto hacer posible el acto principal. La mencionada Corte hizo referencia a las atribuciones del Superintendente de Bancos y Otras Instituciones Financieras y destacó el contenido de la Resolución Nº 013.97 de fecha 20 de enero de 1997, en la que el Superintendente delegó a la Consultora Jurídica la firma de los autos de inicio de los procedimientos administrativos. La Corte desestimó el alegato de incompetencia del funcionario sustanciador del procedimiento y como consecuencia de ello el incumplimiento del procedimiento legalmente establecido.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil BANCO VENEZOLANO DE CRÉDITO, S.A.C.A., hoy Venezolano de Crédito, S.A., Banco Universal, contra la sentencia Nº 2011-0628 de fecha 18 de abril de 2011, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. En consecuencia, se CONFIRMA el fallo apelado.

Palabras clave

NulidadContencioso AdministrativoSuperintendencia de BancosBanco Venezolano de Crédito

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