La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia concede una prórroga al Fisco Nacional para que consigne el escrito del recurso contencioso tributario ejercido en forma subsidiaria al recurso jerárquico por la contribuyente Grupo Total 99, C.A. La prórroga se otorga por un lapso de diez días de despacho, contados a partir de la notificación de la decisión. Además, se establece que si no se recibe el documento solicitado en el plazo establecido, la Sala dictará sentencia con los elementos probatorios que cursan en autos.
Extracto de la motiva
En el contexto de la apelación interpuesta por la representación en juicio del Fisco Nacional contra la sentencia definitiva N° 1.960 del 29 de octubre de 2013, dictada por el Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, se aprecia del expediente que en fecha 18 de noviembre de 2014 esta Sala Político-Administrativa, mediante Auto para Mejor Proveer N° AMP-142, solicitó al Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) la remisión en forma íntegra, en original o copia certificada, del escrito contentivo del recurso contencioso tributario ejercido en forma subsidiaria al recurso jerárquico por la recurrente Grupo Total 99, C.A., sin que conste su consignación luego de vencido el lapso otorgado para ello. Asimismo, se observa que en fecha 27 de enero de 2015 la representación fiscal pidió una prórroga del mencionado lapso para consignar lo requerido. Siendo ello así, dada la importancia del escrito contentivo del recurso contencioso tributario ejercido en forma subsidiaria al recurso jerárquico por la mencionada contribuyente para la comprensión de sus alegatos y la adecuada resolución de la presente causa, estima esta Sala procedente conceder a la representación en juicio del Fisco Nacional, una prórroga por un lapso igual al otorgado mediante Auto para Mejor Proveer N° AMP-142 del 18 de noviembre de 2014, esto es, diez (10) días de despacho a los fines de la remisión del referido documento, los cuales comenzarán a correr, una vez que conste en autos la notificación de la presente decisión tanto al Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Capital como al Gerente General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Así se decide.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley: CONCEDE UNA PRÓRROGA a la representación judicial del FISCO NACIONAL, para que consigne en forma íntegra, en original o copia certificada, el escrito contentivo del recurso contencioso tributario ejercido en forma subsidiaria al recurso jerárquico por la contribuyente GRUPO TOTAL 99, C.A., para lo cual se le otorga tanto al Gerente General de Servicios Jurídicos como al Gerente Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir del día siguiente en que conste en autos la última de las notificaciones. Recibido en la Sala el aludido escrito contentivo del recurso contencioso tributario ejercido en forma subsidiaria al recurso jerárquico, se otorgará un lapso de cinco (5) días de despacho, los cuales comenzarán a correr una vez que conste en autos la recepción del mismo, para que las partes expongan lo que estimen pertinente. En el supuesto de no recibirse el documento solicitado en el lapso anteriormente establecido, pasará esta Máxima Instancia a dictar sentencia con los elementos probatorios que cursan en autos.
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