La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Ingeniero Oscar Pacheco Pifano, C.A. contra la Resolución HGJT-A-99-083 del 19 de enero de 2000, que había declarado sin lugar un recurso jerárquico. La Sala determina que las obligaciones tributarias correspondientes al ejercicio fiscal de 1988 se encuentran extinguidas por prescripción, revocando así la decisión del tribunal inferior. Además, se anulan las multas impuestas por la Administración Tributaria y se confirma la diferencia de impuesto sobre la renta.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el Recurso Jerárquico se ejerció el 7 de febrero de 1994, venciendo el 7 de junio de 1994, los cuatro (4) meses de los que disponía la Administración Tributaria para decidirlo, por lo que hasta sesenta (60) días después, es decir, hasta el 7 de agosto de 1994, como lo prevé el artículo 56, de ese texto legal, se encontraba suspendido el curso de la prescripción, reanudándose el cómputo de la misma, a partir del 8 de agosto de 1994. Sobre la base de lo anteriormente señalado, puede apreciar este Tribunal que desde el 8 de agosto de 1994 (fecha en que se reanudó el curso de la prescripción) hasta el 13 de julio de 2000, momento en que la recurrente fue notificada del acto que decide el jerárquico, como se observa de su escrito de informes -folio 141 del expediente judicial-, ya que no consta notificación de la Resolución Nº HGJT-A-99083 que decide el Jerárquico, ni refutado por la Representación Fiscal, habían transcurrido con creces los cuatro (4) años a los que se refiere el artículo 52 del Código Orgánico Tributario, habían transcurrido exactamente, cinco (5) años, once (11) meses y cinco (5) días. Razón por la cual estima este Tribunal que las obligaciones tributarias y sus accesorios correspondientes al período tributario comprendido entre el 01-01-1988 al 31-12-1988, se encuentran extinguidas por prescripción. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto INGENIERO OSCAR PACHECO PIFANO, C.A., contra la Resolución HGJT-A-99-083, de fecha 19 de enero de 2000, notificada el 13 de julio de 2000, emitida por la Gerencia Jurídico Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto en fecha 7 de febrero de 1994, y en consecuencia se confirma la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo HCF-PEFC-SA-1805, de fecha 22 de noviembre de 1993 y las Planillas Nos.01-1-64-000015 y 01-1-64-000016, ambas de fecha 4 de enero de 1994, mediante las cuales se impone sanción por concepto de impuesto Bs. 554.603,11; multa Bs. 580.938,76 e intereses moratorios Bs. 350.736,65, para el ejercicio fiscal del 01-01-1988 al 31-12-1988, en materia de Impuesto Sobre la Renta.