Sentencia N° 1310 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de noviembre de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 01310, Exp. 2013-0315, 12/11/2015
Expediente2013-0315
PonenteINOCENCIO FIGUEROA ARIZALETA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2015-11-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por la representación del Fisco Nacional contra la sentencia interlocutoria N° 303-2011, que declaró inadmisible la solicitud de medida cautelar autónoma de embargo preventivo sobre bienes de la empresa Vesther, C.A. La Sala consideró que la apelación era procedente, revocando la decisión anterior y ordenando el envío del expediente a la Gerencia Regional de Tributos Internos del SENIAT para los fines legales correspondientes. Se destacó la importancia de la presunción del buen derecho y el riesgo en la percepción de créditos tributarios en la decisión sobre medidas cautelares.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala Político-Administrativa de este Máximo Tribunal decidir el recurso de apelación interpuesto por la representación fiscal contra la sentencia interlocutoria N° 303-2011 del 8 de diciembre de 2011, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana que declaró inadmisible la solicitud de medida cautelar autónoma intentada por la República, respecto al embargo preventivo sobre bienes muebles y de cuentas bancarias de la contribuyente Vesther, C.A. y su responsable solidario, el ciudadano Iván Camacho Rincón, antes aludido. Examinadas como han sido la declaratoria contenida en la sentencia apelada, las denuncias planteadas en su contra por la representación judicial de la República, así como las defensas esgrimidas por el apoderado en juicio de la prenombrada sociedad mercantil, esta Alzada advierte que la controversia se circunscribe a decidir sobre el “vicio de errónea interpretación del derecho y falta de aplicación de una norma jurídica” respecto a las disposiciones de las medidas cautelares -específicamente- las contenidas en los artículos 296 del Código Orgánico Tributario de 2001 y 92 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República de 2008. En ese contexto, el Juzgador de instancia consideró que al no haber consignado los abogados sustitutos de la Procuradora General de la República, en representación del Fisco Nacional, “los requisitos exigidos en el artículo 296 del Código Orgánico Tributario [de 2001]” (sic), (agregado de la Sala), requeridos por dicho Sentenciador en decisión interlocutoria N° 217-2011 de fecha 27 de julio de 2011, es por lo que declaró inadmisible la solicitud cautelar presentada.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial del FISCO NACIONAL contra la sentencia interlocutoria N° 303-2011 del 8 de diciembre de 2011, la cual se REVOCA. 2.- Se ORDENA el envío del expediente judicial a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Zuliana del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines legales consiguientes. 3.- Asimismo, se ORDENA remitir copia certificada de esta decisión al Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, con el propósito de informarle sobre las resultas del recurso de apelación incoado por la representación Judicial del Fisco Nacional, así como a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del citado Servicio Autónomo.

Palabras clave

medida cautelarembargo preventivoFisco NacionalTributoVenezolana

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca