La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Delvalle Margarita Cerrone Morales contra la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial. Se anula el acto administrativo que declaró sin lugar el recurso de reconsideración contra la destitución de la recurrente del cargo de Jueza Titular. La Sala argumenta que la Comisión vulneró el principio de autonomía e independencia de los jueces al revisar el contenido de una decisión judicial, lo que constituye una usurpación de funciones.
Extracto de la motiva
La Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial destituyó a la recurrente por considerar que esta había incurrido en la falta disciplinaria prevista en el artículo 40 numeral 11 de la Ley de Carrera Judicial. Sin embargo, la Sala Político-Administrativa concluye que la revisión de decisiones judiciales por parte de un órgano administrativo es inapropiada y que la sanción impuesta a la recurrente no se justifica, dado que su actuación se basó en una interpretación legal que aún era objeto de debate.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la ciudadana DELVALLE MARGARITA CERRONE MORALES, contra la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL. 2.- La NULIDAD del acto administrativo de fecha 25 de febrero de 2010, dictado por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial que declaró “SIN LUGAR el recurso de reconsideración interpuesto (…) contra la decisión dictada por esta instancia disciplinaria el 15 de enero de 2010 (…), mediante la cual se le aplicó la sanción de destitución del cargo de Jueza Titular de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, así como de cualquier otro cargo que desempeñara dentro del Poder Judicial, al incurrir en la falta disciplinaria prevista en el numeral 11 del artículo 40 de la Ley de Carrera Judicial”. 3.- Se ORDENA a la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA (DEM), proceda a la reincorporación de la ciudadana DELVALLE MARGARITA CERRONE MORALES en el cargo de Jueza Titular de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, o a otro de igual jerarquía.