La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer un recurso contencioso administrativo de anulación interpuesto por la abogada Sebastiano Valvo en representación de Antonia Deluca. La Sala de Casación Civil había declinado su competencia, remitiendo el caso a esta Sala. La decisión se basa en la interpretación de la normativa aplicable y la competencia de los tribunales en materia contenciosa administrativa.
Extracto de la motiva
Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- Que NO ACEPTA la competencia que le fuera declinada por la Sala de Casación Civil de este Alto Tribunal. 2.- Que CORRESPONDE a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo la competencia para conocer acerca de la solicitud de regulación de competencia formulada por el abogado Sebastiano Valvo, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANTONIA DELUCA.
Dispositiva
1.- Que NO ACEPTA la competencia que le fuera declinada por la Sala de Casación Civil de este Alto Tribunal. 2.- Que CORRESPONDE a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo la competencia para conocer acerca de la solicitud de regulación de competencia formulada por el abogado Sebastiano Valvo, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANTONIA DELUCA. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
regulación de competenciarecurso contencioso administrativonulidadLey de Arrendamientos Inmobiliarioscompetenciatribunalesactos administrativos