Sentencia N° 1304 — Sala Político Administrativa del TSJ, 23 de septiembre de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 01304, Exp. 1996-12372, 24/09/2009
Expediente1996-12372
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoEjecucion
Fecha de la decisión2009-09-23
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decreta la ejecución voluntaria de la sentencia N° 1694 del 17 de octubre de 2007, que ordena el reenganche y pago de salarios caídos al ciudadano Horacio Ramón Quijada Rodríguez por parte de la sociedad mercantil Radio Eclipse 1.350 A.M., C.A. Se establece un lapso de diez días para el cumplimiento voluntario de la decisión. La Sala considera que la solicitud de ejecución es procedente y se basa en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil.

Extracto de la motiva

Conforme a lo anterior, se aprecia que mediante la sentencia N° 0849 del 17 de octubre de 2007, esta Sala ordenó a la sociedad mercantil Radio Eclipse 1.350 A.M., C.A. la “ejecución de la orden de reenganche y pago de salarios caídos” del ciudadano Horacio Ramón Quijada Rodríguez. Igualmente, se observa que en la decisión N° 0849 publicada el 23 de julio de 2008, la Sala estableció “que la condenatoria de la sociedad mercantil Radio Eclipse 1.350 A.M., C.A., parte demandada en este juicio, es de Sesenta y Cuatro Mil Quinientos Veintiún Bolívares con Cuarenta y Cuatro Céntimos (Bs. 64.521,44), de conformidad con lo dispuesto en la sentencia Nº 1694 de fecha 17 de octubre de 2007”, según el contenido de la experticia complementaria del fallo solicitada al Banco Central de Venezuela y consignada en el expediente el 4 de junio de 2008.

Dispositiva

Por lo antes expuesto, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta la EJECUCIÓN VOLUNTARIA de la sentencia N° 1694 del 17 de octubre de 2007, para lo cual concede un lapso de diez (10) días de despacho siguientes a la notificación de la demandada, a fin de que la sociedad mercantil RADIO ECLIPSE 1.350 A.M., C.A. dé cumplimiento voluntario a lo ordenado en la referida decisión. Líbrese boleta, anéxese copia certificada de la sentencia publicada bajo el N° 1694 del 17 de octubre de 2007, así como del presente fallo y remítanse a la nombrada sociedad mercantil.

Palabras clave

ejecucionsentenciatrabajosalariosreengancheprocedimientojurisdiccion

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