Sentencia N° 1301 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de octubre de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 01301, Exp. 2008-0918, 19/10/2011
Expediente2008-0918
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2011-10-18
DecisiónCON LUGAR

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Dario Oscar Roitz Linda, en su carácter de Presidente de El Rincón Liberall C.A., contra la Resolución de Imposición de Sanción del SENIAT. Se anula la sanción impuesta por la falta de indicación de la condición de pago en las facturas, ya que este requisito fue eliminado por normativas posteriores. La decisión del tribunal de instancia es confirmada en cuanto a la improcedencia de la sanción, y se revoca la condena en costas al Fisco Nacional.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse en esta oportunidad sobre el recurso de apelación incoado por la representación judicial del Fisco Nacional, contra la sentencia definitiva Nro. 0524 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central en fecha 14 de julio de 2008, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil El Rincón Liberall, C.A., conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el acto administrativo contenido en la Resolución de Imposición de Sanción Nro. GRTI-RCE-DFC-2006-01-04-DF-PEC-071 del 28 de marzo de 2006 y sus correlativas Planillas de Liquidación del 28 de marzo de 2007. Así, vista la declaratoria contenida en la sentencia apelada, así como las objeciones formuladas en su contra por la representación fiscal y las defensas esgrimidas por la apoderada judicial de la mencionada empresa, se observa que la controversia planteada en el presente caso se circunscribe a decidir si el Tribunal de mérito al dictar el fallo apelado, incurrió en el vicio de falso supuesto de derecho por errónea interpretación del artículo 99 del Código Penal y falta de aplicación de los artículos 81 y 101 parágrafo 2 del Código Orgánico Tributario de 2001, que establecen un sistema de concurso de ilícitos tributarios sancionados con penas pecuniarias para el caso del incumplimiento de deberes formales por parte de la contribuyente, en materia de impuesto al valor agregado.

Dispositiva

Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: 1) CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto el ciudadano Dario Oscar Roitz Linda, en su carácter de Presidente de EL RINCON LIBERALL, C.A., debidamente asistido por las ciudadanas Aminta Ysabel Rodríguez Tovar e Irene del Carmen Bustamante Ramírez, admitido el 20 de septiembre de 2007, contra el acto administrativo contenido en la Resolución de Imposición de Sanción Nº GRTI-RCE-DFD-2006-01-04-DF-PEC-071 del 07 de marzo de 2006, emanada de la Gerencia Regional del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), mediante la cual se constató que la contribuyente emitió facturas con prescindencia parcial de los requisitos legales y reglamentarios, imponiéndole sanción y multa por la cantidad total de bolívares setenta y tres millones trescientos ochenta y dos mil cuatrocientos sin céntimos (Bs. 73.382.400,00), (Bs.F. 73.382,40). 2) IMPROCEDENTE la sanción impuesta a EL RINCON LIBERALL, C.A, por cuanto emitir facturas sin la frase condición de la operación para los periodos desde noviembre de 2004 hasta noviembre de 2005. 3) IMPROCEDENTE la reiteración aplicada por el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) en las sanciones por la emisión de facturas sin cumplir con las formalidades legales para los periodos fiscales desde noviembre de 2004 hasta noviembre de 2005. 4) ANULA la Resolución de Imposición de Sanción Nº GRTI-RCE-DFD-2006-01-04-DF-PEC-071 del 07 de marzo de 2006, emanada de la Gerencia Regional del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), mediante la cual impuso sanción y multa a RINCON LIBERALL, C.A., por la cantidad total de bolívares setenta y tres millones trescientos ochenta y dos mil cuatrocientos sin céntimos (Bs. 73.382.400,00), (Bs.F. 73.382,40). 5) CONDENA en las costas procesales a SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) por haber resultado totalmente vencida en la presente causa, por el tres por ciento (3%) del monto de la cuantía del recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 327 del vigente Código Orgánico Tributario.

Palabras clave

Contencioso TributarioSanciónImpuesto al Valor Agregado

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