Sentencia N° 13 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de enero de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00013, Exp. 2003-0077, 11/01/2006
Expediente2003-0077
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-01-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte y el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo del Estado Carabobo. Se determinó que la competencia corresponde a la Sala, dado que uno de los tribunales involucrados pertenece a la Jurisdicción Contencioso Administrativa. La Sala concluyó que el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo es el competente para conocer la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana Teresa de Jesús Bolívar Carrizales contra el acto administrativo de su remoción del cargo en la Fundación Instituto Carabobeño para la Salud.

Extracto de la motiva

La Sala observa que en el presente caso, se planteó un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte y el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; por tanto, al no existir un Tribunal Superior común a ellos, de conformidad con las normas transcritas, así como con la disposición establecida en el numeral 51 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, la regulación de competencia efectivamente corresponde a este Alto Tribunal y específicamente a la Sala Político-Administrativa, toda vez que uno de los Tribunales involucrados en el conflicto pertenece a la Jurisdicción Contencioso Administrativa y es ésta la cúspide de dicha Jurisdicción, de conformidad con lo establecido en el artículo 259 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Dispositiva

PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de la regulación de competencia planteada. SEGUNDO: Que el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, es el COMPETENTE para conocer la querella funcionarial ejercida por la ciudadana TERESA DE JESÚS BOLÍVAR CARRIZALES, asistida por el abogado Francisco Gustavo Amoni Velásquez, antes identificados, contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en la Resolución N° 0011-97 de fecha 15 de octubre de 1997, emanada de la FUNDACIÓN INSTITUTO CARABOBEÑO PARA LA SALUD (INSALUD), mediante la cual fue removida del cargo que venía desempeñando como Directora de Presupuesto adscrita a la Dirección General de Servicio de Apoyo, en el referido Instituto. Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase el expediente al referido Tribunal.

Palabras clave

competenciaquerella funcionarialnulidadactos administrativosINSALUDderechos laboralesempleo público

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