La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos Ricardo Antonio Delgado Victora y Daniel Roberto Álvarez Falcón contra la sentencia de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo que declaró improcedente la medida de amparo cautelar solicitada. La Sala determinó que el recurso de nulidad había sido declarado desistido y que dicha decisión adquirió firmeza, lo que llevó a concluir que había decaído el objeto del recurso de apelación.
Extracto de la motiva
Correspondería a esta Sala pronunciarse sobre el recurso de apelación incoado por los ciudadanos Ricardo Antonio Delgado Victora y Daniel Roberto Álvarez Falcón contra la sentencia Núm. 2009-0055 de fecha 22 de enero de 2009 dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que admitió el recurso de nulidad ejercido y declaró improcedente la medida de amparo cautelar solicitada por los recurrentes. Se advierte que por oficio Núm. CSCA-2015-1299 del 02 de julio de 2015, recibido el 07 de ese mes y año la prenombrada Corte informó que por decisión Núm. 2012-0957 de fecha 31 de mayo de 2012 se declaró desistido el recurso de nulidad incoado. Adicionalmente esta Sala conoce por notoriedad judicial que por auto del 17 de julio de 2012 dictado por la referida Corte se declaró firme la mencionada decisión y se ordenó el archivo del expediente. En el presente caso se observa: que la apelación sometida al conocimiento de esta Sala está referida a la medida de amparo cautelar solicitada por los recurrentes, la cual es accesoria del juicio principal incoado que es un recurso de nulidad. que el referido recurso de nulidad fue declarado desistido. que esa decisión adquirió firmeza. Con fundamento en las consideraciones que anteceden, esta Sala concluye que ha decaído el objeto en el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos Ricardo Antonio Delgado Victora y Daniel Roberto Álvarez Falcón contra la sentencia Núm. 2009-0055 de fecha 22 de enero de 2009 dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. Así se determina.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO en el recurso de apelación incoado por los ciudadanos RICARDO ANTONIO DELGADO VICTORA y DANIEL ROBERTO ÁLVAREZ FALCÓN, contra la sentencia Núm. 2009-0055 de fecha 22 de enero de 2009 dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que admitió el recurso de nulidad ejercido y declaró improcedente la medida de amparo cautelar solicitada por los recurrentes. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a la Procuraduría General de la República. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.