La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda de nulidad interpuesta por Ricardo José Antich Zapata contra la Resolución número 015388 del Ministro del Poder Popular para la Defensa. La Sala determinó su competencia para conocer el caso, pero declaró inadmisible la demanda, argumentando que el acto administrativo impugnado era irrecurrible en sede jurisdiccional, ya que no ponía fin al procedimiento ni causaba indefensión al demandante.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la resolución impugnada no pone fin al procedimiento, no imposibilita su continuación, tampoco prejuzga como definitivo ni causa indefensión. Sobre la base de las consideraciones expuestas, visto que no se verifica alguno de los supuestos de excepción establecidos en el artículo 85 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, la Sala estima que el acto administrativo impugnado es una decisión irrecurrible en sede jurisdiccional, por lo que la demanda de nulidad de autos resulta inadmisible.
Dispositiva
1. SU COMPETENCIA para conocer la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con amparo cautelar por la representación judicial del ciudadano RICARDO JOSÉ ANTICH ZAPATA, contra las Resolución número 015388 de fecha 8 de agosto de 2016, dictada por el Ministro del Poder Popular para la Defensa. 2. INADMISIBLE la demanda de nulidad.
Palabras clave
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