La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se declara incompetente para conocer el recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto por el apoderado judicial de Raúl Leonardo Linares Amundaray contra el Acta Acuerdo N° 094 del Consejo Disciplinario del Distrito Capital. La Sala argumenta que la competencia corresponde a las Cortes de lo Contencioso Administrativo, dado que el acto impugnado fue dictado por un órgano diferente a los establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
Es preciso señalar, conforme a la citada sentencia, que la competencia para conocer del recurso de nulidad y del amparo cautelar ejercidos conjuntamente, será determinada por la competencia para conocer de la acción principal. Ello conduce a la determinación previa de la competencia para conocer de la nulidad de autos. En tal sentido, se observa lo siguiente: Se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo de nulidad contra el Acta Acuerdo N° 094 emanada del Consejo Disciplinario del Distrito Capital del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalística de fecha 14 de julio de 2008, mediante la cual se declaró sin lugar el pedimento efectuado por la representación del Sub Comisario Raúl Leonardo Linares Amundaray, quien solicitó la aplicación del procedimiento ordinario en la causa disciplinaria seguida en su contra, de conformidad con el artículo 92 de la Ley del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, y en consecuencia, acordó mantener vigente la celebración de la audiencia oral y pública.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer el recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el apoderado judicial del ciudadano RAÚL LEONARDO LINARES AMUNDARAY contra el Acta Acuerdo N° 094 dictada por el CONSEJO DISCIPLINARIO DEL DISTRITO CAPITAL DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICA en fecha 14 de julio de 2008, y en consecuencia DECLINA la competencia en las Cortes de lo Contencioso Administrativo.
Palabras clave
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