Sentencia N° 1296 — Sala Político Administrativa del TSJ, 24 de octubre de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 01296, Exp. 02-0637, 29/10/2002
Expediente02-0637
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-10-24
DecisiónDesistida la apelación
Resumen
La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara desistida la apelación interpuesta por el abogado Victor R. García R., en representación del Fisco Nacional, contra la sentencia No. 590 del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario. Se establece que el apelante no cumplió con la carga procesal de fundamentar su apelación dentro del término establecido, lo que lleva a la declaración de desistimiento. Además, se declara firme la sentencia apelada al no violar disposiciones de orden público.
Extracto de la motiva
El artículo 162 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia establece: “Artículo 162: En audiencia en que se dé cuenta de un expediente enviado a la Corte en virtud de apelación, se designará Ponente y se fijará la décima audiencia para comenzar la relación. Dentro de ese término el apelante presentará escrito en el cual precisará las razones de hecho y de derecho en que se funde. Vencido ese término correrá otro de cinco audiencias para la contestación de la apelación. Si el apelante no presentare el escrito en el lapso indicado, se considerará que ha desistido de la apelación y así lo declarará la Corte, de oficio o a instancia de la otra parte.” Ahora bien, de las actas que cursan en autos, se constata que ha transcurrido el término de diez (10) días de despacho, establecido en el auto de fecha 23 de julio de 2002, mediante el cual se fijó para que el apelante consignara escrito en el cual precisara las razones de hecho y de derecho en el cual se funda su apelación, en virtud de lo anterior, se evidencia el incumplimiento, por parte del apelante, de la carga procesal de fundamentar la apelación planteada, razón por la cual, resulta forzoso para esta Sala declarar, de conformidad con el artículo 162 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, el desistimiento de la apelación. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Desistida la apelación incoada por el abogado VICTOR R. GARCIA R., actuando en su carácter de representante del Fisco Nacional, contra la sentencia No. 590 de fecha 13 de agosto de 2001, dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario. SEGUNDO: FIRME la sentencia de fecha 13 de agosto de 2001, dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
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