La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de suspensión de efectos presentada por el abogado Félix Alberto Basanta Herrera, quien impugnó un acto administrativo que lo destituyó de su cargo como Juez de la Corte de Apelaciones. La Sala analizó los argumentos del recurrente, quien alegó vicios de falso supuesto de hecho y de derecho en la decisión de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial. Sin embargo, la Sala concluyó que no se evidenciaron elementos suficientes para considerar que existía un buen derecho que justificara la medida cautelar solicitada.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la medida de suspensión de efectos solicitada por el recurrente, para lo cual observa: Es criterio reiterado de este Alto Tribunal, que la suspensión de los efectos del acto administrativo impugnado contenida en el artículo 21, aparte vigésimo primero de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, es una medida preventiva establecida por nuestro ordenamiento jurídico, en la cual haciendo excepción al principio de ejecutoriedad de los actos administrativos consecuencia de la presunción de legalidad, se procura evitar lesiones irreparables o de difícil reparación al ejecutarse una eventual decisión anulatoria del acto, en virtud de que ello podría atentar contra los derechos fundamentales de acceso a la justicia y al debido proceso. Por lo tanto, el Juez debe velar porque su decisión se fundamente no sólo en un simple alegato de perjuicio, sino en la argumentación y acreditación de hechos concretos de los cuales nazca la convicción de un posible perjuicio real y procesal para el recurrente.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida de suspensión de efectos solicitada por el abogado FÉLIX ALBERTO BASANTA HERRERA, contra el acto administrativo S/N dictado por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial de fecha 6 de octubre de 2006, que lo destituyó del cargo de Juez de la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, “así como de cualquier otro que ostente dentro del Poder Judicial, al haber incurrido en la falta disciplinaria prevista en el artículo 40, numeral 2 de la Ley de Carrera Judicial, al atentar contra la respetabilidad del Poder Judicial en la tramitación de la causa N° 000467”. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el presente cuaderno de medidas y agréguese copia certificada de la presente decisión a la pieza principal. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
nulidadsuspensión de efectosacto administrativofalta disciplinariaPoder Judicialjusticiaderechos fundamentales