La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la consulta elevada por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario, que había declarado con lugar la oposición a una demanda de juicio ejecutivo presentada por el Fisco Nacional contra la empresa Central Madeirense, C.A. La decisión se fundamentó en la comprobación del pago del crédito fiscal exigido por el Fisco, el cual fue demostrado por la parte demandada mediante la presentación de documentos que acreditaban el cumplimiento de la obligación tributaria.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de la consulta elevada por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar la oposición formulada por los apoderados judiciales de la empresa Central Madeirense, C.A., “a la demanda de juicio ejecutivo” incoada por la representación judicial del Fisco Nacional. A tal efecto, a objeto de verificar la procedencia o no de la consulta, resulta oportuno examinar los requisitos exigidos por el legislador, los cuales quedaron plasmados mediante sentencia N° 00566 dictada por esta Sala en fecha 2 de marzo de 2006, caso: Agencias Generales Conave, S.A. y el fallo emanado de la Sala Constitucional de este Alto Tribunal N° 2.157 del 16 de noviembre de 2007, caso: Nestlé de Venezuela C.A., así como en la sentencia N° 00812 dictada por esta Máxima Instancia el 09 de julio de 2008, caso: Banesco Banco Universal, C.A., decisiones en las cuales se estableció como supuesto de procedencia de la consulta, los siguientes: 1.- Que se trate de sentencias definitivas, es decir, revisables por la vía ordinaria del recurso de apelación. 2.- Que la cuantía de la causa exceda, cuando se trate de de personas naturales, de cien unidades tributarias (100 U.T.) y de personas jurídicas, de quinientas unidades tributarias (500 U.T.). 3.- Que la sentencia definitiva resulte contraria a las pretensiones de la República. Así, de la revisión efectuada a la decisión emanada del tribunal de instancia, se evidencia que la misma reúne los elementos necesarios para que esta Alzada conozca en consulta dicho fallo, la cual se circunscribe a la verificación del pago del crédito fiscal por parte de la contribuyente Central Madeirense, C.A., exigido por el Fisco Nacional por la cantidad de Bs. 61.799.843,28, ahora expresados en Bs. 61.799,84.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1. PROCEDE a conocer del fallo consultado. 2. Se CONFIRMA la decisión N° 046/2008, dictada el 7 de mayo de 2008 por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró con lugar la oposición formulada por los apoderados judiciales de la contribuyente Central Madeirense, C.A., a la demanda de ejecución de créditos fiscales incoada por la representación judicial del Fisco Nacional.
Palabras clave
juicio ejecutivooposiciónFisco NacionalCentral Madeirensecrédito fiscalimpuesto al valor agregadocostas procesales