El ciudadano Erwyn Rincón Reyes interpuso un recurso de nulidad contra la Resolución N° 39 del Ministro del Interior y Justicia, que declaró sin lugar un recurso de revisión sobre su destitución del cargo de Detective. La Sala Político-Administrativa del TSJ analizó la admisibilidad del recurso y determinó que fue interpuesto dentro del lapso de caducidad. Sin embargo, se concluyó que la Resolución N° 39 fue correctamente dictada, ya que no se cumplían los supuestos para la revisión establecidos en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
Extracto de la motiva
El recurso de revisión en sede administrativa, es un recurso extraordinario que procede sólo contra actos administrativos firmes y por los motivos taxativos establecidos por el legislador. De conformidad con el artículo 97 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, estos motivos son: a) cuando hubieren aparecido pruebas esenciales para la resolución del asunto, no disponibles para la época de su tramitación; b) cuando en la resolución objeto del recurso de revisión hubieren influido en forma decisiva, documentos o testimonios que fueron declarados posteriormente falsos por sentencia definitivamente firme y c) cuando la resolución cuya revisión se pide hubiere sido adoptada por cohecho, violencia, soborno u otra manifestación fraudulenta y ello hubiere quedado establecido en sentencia judicial definitivamente firme. La interposición de estos recursos debe hacerse ante el Ministro correspondiente, y de conformidad con el artículo 98 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha de la sentencia que establezca la manifestación fraudulenta o la falsedad de los documentos o a la fecha de haberse tenido noticia de la existencia de las pruebas esenciales que aparecieron después de tramitado el asunto.
Dispositiva
Declara SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano ERWYN RINCÓN REYES, contra la Resolución N° 39 de fecha 17 de enero de 2002, dictada por el MINISTRO DEL INTERIOR Y JUSTICIA, que declaró sin lugar el recurso de revisión incoado por el recurrente contra la Resolución N° 922 de fecha 11 de septiembre de 1998, emanada de dicho Ministro, que confirmó su destitución del cargo de Detective en el Cuerpo Técnico de Policía Judicial (hoy Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas). Publíquese, regístrese, notifíquese. Archívese el expediente y devuélvase el administrativo. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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