Sentencia N° 1286 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de octubre de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 01286, Exp. 02-0109, 23/10/2002
Expediente02-0109
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaAdministrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2002-10-22
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara desistido el recurso contencioso administrativo interpuesto por LUIS MÉNDEZ ESCOBAR contra un acto administrativo de la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL. La decisión se basa en el incumplimiento del recurrente de retirar y publicar el cartel correspondiente dentro del plazo establecido por la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.
Extracto de la motiva
El artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, dispone: “... Un ejemplar del periódico donde fuere publicado el cartel será consignado por el recurrente, dentro de los quince días consecutivos siguientes a la fecha en la que aquél hubiere sido expedido y de no hacerlo dentro de dicho término, la Corte declarará desistido el recurso y ordenará archivar el expediente, a menos que algunos de los interesados se diere por citado y consignare el ejemplar del periódico donde hubiere sido publicado el cartel.” (Negrillas de la Sala) El artículo parcialmente transcrito establece un lapso de quince (15) días consecutivos siguientes a la fecha de expedición del cartel para que el recurrente lo retire, publique y, posteriormente, consigne en autos un ejemplar del periódico donde conste dicha publicación, so pena de declarar el desistimiento del recurso y el consiguiente archivo del expediente, si no se diere cumplimiento al mencionado procedimiento. Asimismo, esta Sala ha sostenido reiteradamente que cuando el recurrente no cumple con la carga procesal de retirar el cartel, publicarlo y consignar un ejemplar del mismo, está denotando poco o ningún interés en la demanda y por ello ha entendido la declaratoria de desistimiento como una sanción para el recurrente en virtud del manifiesto desinterés de éste en el procedimiento.
Dispositiva
En virtud de lo expuesto, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, declara DESISTIDO el presente recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano LUIS MÉNDEZ ESCOBAR, supra identificado, contra el acto administrativo dictado por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL, en fecha 27 de noviembre de 2001, mediante el cual se le impuso la sanción de amonestación contenida en el numeral 7 del artículo 38 de la Ley de Carrera Judicial. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente judicial y devuélvase el administrativo. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
desistimientorecurso contencioso administrativocartelpublicaciónsanciónLey Orgánica de la Corte Suprema de Justicianotificaciones