Sentencia N° 1284 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de noviembre de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 01284, Exp. 2015-1019, 22/11/2017
Expediente2015-1019
PonenteMARCO ANTONIO MEDINA SALAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2017-11-21
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por Ronald José Villalobos Silva contra la 'Decisión Administrativa' del SENIAT que impuso un comiso sobre su vehículo. La Sala determinó que el recurrente cumplió con los requisitos establecidos en la normativa para la importación del vehículo bajo el régimen de equipaje de pasajeros, anulando así la decisión administrativa que había ratificado el comiso. Se ordenó la entrega del vehículo, previo pago de los impuestos correspondientes.

Extracto de la motiva

Vistos los términos del fallo apelado, así como los alegatos expuestos en su contra por la representación judicial del Fisco Nacional y las defensas planteadas por las apoderadas judiciales del ciudadano Ronald José Villalobos Silva, observa esta Máxima Instancia en el caso concreto que la controversia planteada ha quedado circunscrita a decidir la procedencia del 'vicio de falso supuesto de hecho y falta de aplicación de la normativa aplicable', referida al artículo 114 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de Aduanas de 2008, vigente en razón del tiempo, y al ordinal 3° del artículo 1 de la Resolución número 924 dictada por el Ministerio de Hacienda, hoy Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela número 34.790 del 3 de septiembre de 1991. Siendo así, se observa que la apoderada judicial de la República denuncia que la recurrida estimó erradamente que el ciudadano Ronald José Villalobos, antes identificado, cumplió con el requisito de tiempo de permanencia en el exterior previsto en el artículo 1 (ordinal 3°) contenido en la citada Resolución, y en consecuencia, haber declarado la nulidad de la 'Decisión Administrativa' signada con las letras y números SNAT/INA/GAP/LGU/AAJ/2014001311 del 31 de marzo de 2014, emitida por la Gerencia de la Aduana Principal de La Guaira del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual fue impuesta sanción de comiso sobre el automóvil identificado como: tipo: sedán, marca: toyota, modelo: camry LE, año: 2012, color: rojo, serial VIN 4T1BF1FK5CU014460, ingresado al país por el ciudadano Ronald José Villalobos Silva, bajo régimen especial de equipaje de pasajeros sin acompañamiento, resultando en criterio del sentenciador de mérito improcedente la afirmación efectuada por el órgano exactor en relación al incumplimiento de la mencionada norma.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra el fallo definitivo número 1814 del 29 de junio de 2015, dictado por el Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos y amparo constitucional, por la representación judicial del ciudadano RONALD JOSÉ VILLALOBOS SILVA, en consecuencia, se CONFIRMA el fallo de mérito. 2.- CON LUGAR el mencionado recurso contencioso tributario incoado contra la 'Decisión Administrativa' signada con las letras y número SNAT/INA/GAP/LGU/AAJ/2014/001311 del 31 de marzo de 2014, emitida por la Gerencia de la Aduana Principal de La Guaira del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la cual se ANULA. 3.- Se ORDENA a la Gerencia de la aludida Aduana Principal la entrega del automóvil antes descrito, previo pago del impuesto de importación correspondiente por el valor del vehículo y la tasa aduanera, conforme a lo expuesto en la parte motiva de este fallo. NO PROCEDE LA CONDENA EN COSTAS PROCESALES al Fisco Nacional, de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 88 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica de 2016.

Palabras clave

comisovehículoimportaciónSENIATresolución 924

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