Sentencia N° 1284 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de octubre de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 01284, Exp. 2010-0612, 18/10/2011
Expediente2010-0612
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2011-10-13
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 01284, decidió parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por la Procuraduría General de la República en representación del Fisco Nacional, revocando la aplicación de la figura del delito continuado en la imposición de sanciones tributarias. Asimismo, se anula la resolución recurrida en lo que respecta al monto de las sanciones impuestas a la contribuyente, ordenando la emisión de nuevas planillas de liquidación conforme a los términos expuestos en el fallo. La controversia se centró en la interpretación de normas tributarias y la legalidad de las sanciones impuestas por la Administración Tributaria.

Extracto de la motiva

La controversia se circunscribe a decidir sobre el presunto vicio de falso supuesto de derecho por errónea interpretación del artículo 99 del Código Penal, así como el vicio de falta de aplicación del artículo 81 del Código Orgánico Tributario vigente. No obstante, previamente a emitir pronunciamiento respecto del fondo del asunto debatido, esta Sala observa que la Administración Tributaria, a través del acto recurrido (Resolución de Imposición de Sanciones), determinó en contra de la contribuyente los siguientes hechos: 1.- Libro de Compras: “La contribuyente no agrupa por separado las operaciones gravadas con diferentes alícuotas, no disponiendo el Libro de la columna necesaria para reflejar dicho requisito…”. 2.- Libro de Ventas: “Se constató la omisión en alguno de sus registros, del dato relativo al nombre y apellido del comprador de los bienes o receptor del servicio, y el Número de inscripción en el Registro de Información Fiscal (RIF) del comprador de los bienes o receptor del servicio…”. 3.- Emite notas de crédito y de débito con prescindencia parcial de los requisitos exigidos, ya que “…se constató que omiten la fecha y el monto de la factura original…”. En tal sentido, este Alto Tribunal observa que de las objeciones fiscales verificadas por la Administración Tributaria, la contribuyente sólo recurrió de la identificada con el número tres (N° 3) -vale decir- la referida a la emisión notas de crédito y de débito con prescindencia parcial de los requisitos exigidos durante los períodos impositivos previamente identificados, por lo tanto, al no haber ejercido defensa alguna en relación al resto de las determinaciones hechas por el órgano exactor, dichos pronunciamientos quedan firmes. Así se declara.

Dispositiva

1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, en representación del FISCO NACIONAL, contra la sentencia N° 1.320 de fecha 27 de enero de 2010, la cual se REVOCA, respecto de la aplicación de la figura del delito continuado. 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente DISTRIBUIDORA DUNCAN ZULIA C.A., contra la Resolución N° GCE-DJT/2007/3381 de fecha 24 de agosto de 2007. En consecuencia, se ANULA de la resolución recurrida lo atinente al monto de las sanciones impuestas por la Administración Tributaria, y se ORDENA expedir nuevas Planillas de Liquidación, conforme a los términos expuestos en el presente fallo.

Palabras clave

Contencioso TributarioSancionesImpuesto al Valor Agregado

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