Sentencia N° 128 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de febrero de 2025

TSJ/SPA, Sent. N° 00128, Exp. 1992-8763, 26/02/2025
Expediente1992-8763
PonenteEMILIO RAMOS GONZÁLEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2025-02-26
DecisiónDECAIDO EL OBJETO

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, dictó la sentencia número 00128, declarando decaído el objeto del recurso contencioso tributario interpuesto por DOWELL-SCHLUMBERGER (WESTERN) S.A. contra el acto administrativo de liquidación de multa por un monto de Bs. 99.356,38. La decisión se fundamenta en la falta de cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley de Remisión Tributaria y la ausencia de un dictamen favorable de la Contraloría General de la República para la remisión de la deuda tributaria.

Extracto de la motiva

Efectivamente, si tomamos en cuenta que el fin último del proceso contencioso tributario es básicamente la determinación de la validez del acto recurrido ante el cuestionamiento que hace el particular respecto de su conformidad a derecho, el acto unilateral mediante el cual el contribuyente decide acogerse a un beneficio de absolución, amnistía o remisión, debe necesariamente presuponer el reconocimiento de que la obligación jurídica en disputa sea válida, siendo que por efecto de esta aceptación la pretensión original quedaría vaciada de objeto. A mayor precisión, si entre el sujeto activo de la exacción fiscal y el sujeto pasivo o contribuyente no existe vínculo obligacional que constriña a este último al pago del importe tributario, sería jurídicamente imposible que el ente exactor relevara del pago a alguien que a todas luces no es su deudor. De lo contrario, estaríamos ante un supuesto de un contribuyente que aun sin estar obligado al pago de los conceptos tributarios objeto de reclamación, solicitara ser absuelto, por un acto de gracia otorgado por ley, del cumplimiento de una obligación inexistente (…)

Dispositiva

1.- DECAIDO EL OBJETO del recurso contencioso tributario interpuesto por la representación judicial de la contribuyente DOWELL-SCHLUMBERGER (WESTERN) S.A, contra el acto administrativo contenido en la Planilla de Liquidación de Multa número 01-1-2-1-65-000007 de fecha 19 de febrero de 1996. 2.- Declara CONCLUÍDO el presente juicio. 3.- SE ORDENA remitir a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), copia certificada del expediente.

Palabras clave

Contencioso TributarioDOWELL-SCHLUMBERGERRemisión Tributaria

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