La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia confirma la sentencia del Juzgado Superior Primero de Hacienda que condenó a Omar de Jesús García a diez meses de prisión y multa por contrabando. La decisión se basa en la evidencia de la culpabilidad del acusado en la introducción ilegal de mercancías al país. Se destaca la importancia de la consulta obligatoria de sentencias que contrarían las pretensiones del Estado, asegurando el control sobre decisiones que afectan el orden público.
Extracto de la motiva
Asimismo, esta Sala ha señalado, que la consulta obligatoria de un fallo judicial, cuando es concebida como prerrogativa procesal a favor del Estado, presupone una flexibilización al principio de igualdad entre las partes en litigio, sin embargo, su principal finalidad no es reportar al beneficiario ventajas excesivas frente a su oponente, sino lograr el ejercicio de un control por parte de la alzada sobre aspectos del fallo que por su entidad inciden negativamente en principios que interesan al orden público. Ahora bien, dicha consulta no puede generar una cognición en segunda instancia más extensa que la producida por el ejercicio de los medios de impugnación previstos en las leyes aplicables y que, por causas inherentes a los titulares de esta prerrogativa, no han sido interpuestos en las oportunidades procesales correspondientes. Determinado lo anterior, esta Máxima Instancia ratifica que la consulta obligatoria consiste en un mecanismo que busca preservar la juridicidad efectiva del fallo, en supuestos estrictamente vinculados a los altos intereses del Estado, vale decir, aquellos relacionados con el orden público, constitucional y el interés general: 1) desaplicación de normas constitucionales; 2) violaciones de criterios e interpretaciones vinculantes emanadas de la Sala Constitucional de este Alto Tribunal; 3) resguardo de la propia jurisdicción; 4) quebrantamientos de formas esenciales en el proceso, y 5) prerrogativas y privilegios procesales conferidos a favor de la República.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero de Hacienda, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: a) Condena al ciudadano OMAR DE JESÚS GARCÍA, a sufrir la pena de DIEZ MESES DE PRISIÓN; a pagar una multa montante a la cantidad de NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS BOLÍVARES (Bs. 9.922,00); a la Inhabilitación para ocupar cargo público y para el ejercicio del comercio exterior, del cabotaje y la navegación por un tiempo igual al doble de la pena corporal impuesta y al pago de las costas procesales; b) Declara caídas en pena de comiso y adjudica al Fisco Nacional las mercancías motivo del juicio; c) En cuanto al vehículo en que era conducida la mercancía motivo del juicio, se acuerda ponerlo a la orden del Juzgado Primero de Instrucción de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda; d) Determina que no hay denunciantes en este juicio.