La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se declara competente para conocer el recurso de nulidad interpuesto por Juan José Molina contra el Decreto N° 7.228, que declaró el estado de emergencia sobre el servicio eléctrico nacional. La Sala argumenta que el acto impugnado fue dictado en función administrativa y no en ejecución directa de la Constitución, lo que justifica su competencia. Además, se ordena la notificación del recurrente para que manifieste su interés en la continuación del proceso.
Extracto de la motiva
La Sala considera que el acto impugnado fue dictado por el Presidente de la República en ejercicio de la función administrativa y que su contenido es esencialmente técnico, pues no se observa de su texto, que la intención expresa sea la de restringir o limitar alguna garantía constitucional. En consecuencia, esta Sala se declara competente para conocer y decidir el recurso de nulidad ejercido.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara: 1.- COMPETENTE para conocer y decidir el recurso de nulidad ejercido por el ciudadano JUAN JOSÉ MOLINA, en su condición -para entonces- de Diputado a la Asamblea Nacional, contra el Decreto N° 7.228 de fecha 8 de febrero de 2010. 2.- ORDENA la notificación del ciudadano JUAN JOSÉ MOLINA, para que dentro del lapso de (10) días de despacho, manifieste su interés, de ser el caso, en la continuación de la presente causa.