Sentencia N° 1271 — Sala Político Administrativa del TSJ, 5 de noviembre de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 01271, Exp. 2011-1091, 07/11/2013
Expediente2011-1091
PonenteTRINA OMAIRA ZURITA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2013-11-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia N° 1546 del Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario presentado por la empresa IVARAN LINES. La Sala confirmó la decisión del tribunal inferior, argumentando que la compensación de créditos fiscales es procedente y que la Administración Tributaria debe verificar la existencia, liquidez y exigibilidad de los créditos fiscales opuestos en compensación. Finalmente, se ordenó a la Administración Tributaria proceder con dicha verificación.

Extracto de la motiva

El Tribunal a quo con fundamento en lo establecido por la Sala Político-Administrativa en la sentencia N° 00694 del 14 de julio de 2010, caso: Colgate-Palmolive, C.A., destacó que “(…) es posible compensar los créditos fiscales originados por el pago en exceso del impuesto sobre la renta contra las porciones de la declaración estimada de impuesto sobre la renta, toda vez que constituyen verdaderas obligaciones tributarias, dotadas de elementos particulares de certeza, liquidez y exigibilidad, y como quiera que esta Juzgadora no puede emitir pronunciamiento sobre la existencia, liquidez y exigibilidad de los créditos fiscales cedidos, es por lo que se ordena a la Administración Tributaria a proceder a su inmediata verificación, al demostrarse su existencia, liquidez y exigibilidad la misma deberá declarar la procedencia de la compensación solicitada. Así se decide”.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el FISCO NACIONAL, contra la sentencia N° 1546 de fecha 6 de junio de 2011, dictada por el Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró con lugar el recurso contencioso tributario incoado por la contribuyente “IVARAN LINES”, representada en Venezuela por la sociedad de comercio DESPACHOS BECOBLOHM, C.A., la cual se CONFIRMA. Se ORDENA a la Administración Tributaria la inmediata verificación de los requisitos de existencia, liquidez y exigibilidad de los créditos fiscales opuestos en compensación por la sociedad de comercio DESPACHOS BECOBLOHM, C.A., en representación de la contribuyente “IVARAN LINES”, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 del Código Orgánico Tributario de 1994, aplicable al caso de autos en razón de su vigencia temporal. No procede la condenatoria en costas procesales al Fisco Nacional.

Palabras clave

compensacióncréditos fiscalesimpuesto sobre la renta

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca