La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de aclaratoria presentada por la abogada Romelia Meléndez, apoderada de la sociedad civil AZUAJE & ASOCIADOS, S.C. La solicitud se refería a la interpretación del punto dos de una sentencia anterior que declaró improcedente la homologación de una transacción y el decaimiento del objeto de la acción. La Sala determinó que la solicitud fue interpuesta dentro del lapso establecido y que la figura del decaimiento del objeto se refiere a la pérdida del interés procesal en el juicio, lo que conlleva a la extinción del proceso.
Extracto de la motiva
La figura del decaimiento del objeto se constituye por la pérdida del interés procesal en el juicio incoado entre las partes, por haberse cumplido con la pretensión objeto de la acción, lo cual trae como consecuencia la extinción del proceso. Por tanto, visto que el dispositivo del fallo cuya aclaratoria se solicita no contiene ningún concepto oscuro, ambiguo o que pueda prestarse a confusión, debe esta Sala declarar improcedente la solicitud formulada por la apoderada judicial de la sociedad civil AZUAJE & ASOCIADOS, S.C.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria, efectuada por la apoderada judicial de la sociedad civil AZUAJE & ASOCIADOS, S.C, respecto al fallo publicado por esta Sala, en fecha 14 de junio de 2007, bajo el N° 01021.
Palabras clave
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