Sentencia N° 127 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de febrero de 2025

TSJ/SPA, Sent. N° 00127, Exp. 1991-7847, 26/02/2025
Expediente1991-7847
PonenteEMILIO RAMOS GONZÁLEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2025-02-26
DecisiónConcluido

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara concluido el juicio contencioso tributario interpuesto por el Fisco Nacional contra Pinturas International, C.A. La decisión se basa en la falta de un finiquito por parte del SENIAT, a pesar de las solicitudes realizadas por la Sala en fechas anteriores. Se ordena la remisión del expediente al SENIAT para que la contribuyente tramite el finiquito correspondiente, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley de Remisión Tributaria de 1996.

Extracto de la motiva

Así púes, al declararse el decaimiento del objeto del presente recurso contencioso tributario, observa esta Máxima Instancia que no consta en autos el finiquito respectivo, por parte del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), siendo que en fechas 05 de octubre de 2006, 13 de febrero de 2007 y 20 de junio de 2008, esta Sala ha solicitado el mencionado finiquito, así como vista, la opinión favorable de la Contraloría General de la República, la cual a través Dictamen número 04-00-01-0002 del día 11 de agosto de 2008, dicho órgano consideró “(…) que emita y notifique las correspondientes planillas sustitutivas, de acuerdo a los lineamientos expuestos por la Contraloría General de la República (…)”, y no se desprende de las actas procesales que la referida empresa haya pagado el mencionado impuesto, por lo que se considera insolvente con el órgano exactor (Vid., sentencia de esta Sala número 01453 del 29 de octubre de 2014, caso: Centro Médico Loira, C.A.,); este Alto Tribunal ordena la remisión en copias certificada del expediente judicial a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), para que la recurrente tramite ante el órgano administrativo competente, el finiquito correspondiente, previo el cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos en la mencionada Ley especial. (Vid., sentencias de esta Sala números 00289 y 00510, del 7 de marzo de 2001 y 2 de marzo de 2006, casos: Sucesión de Carmen Olivia Álvares de Iacampo y Chrysler Motors de Venezuela, S.A., respectivamente). Así se decide.

Dispositiva

1.- CONCLUIDO el presente juicio. 2.- ORDENA la remisión en copias certificada del expediente judicial a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), para que la contribuyente PINTURAS INTERNATIONAL, C.A., tramite ante el órgano administrativo competente, el finiquito correspondiente, previo el cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos en la Ley de Remisión Tributaria de 1996.

Palabras clave

remisión tributariaPinturas InternationalSENIAT

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